Con el verano no sólo llegan las altas temperaturas, también la paga extra para millones de españoles, para aquellos que reciben una pensión de jubilación. Estos recibirán la primera de las dos pagas extras del año y todo hace indicar que la tendrán en su poder entre el 21 de junio, sábado, y el 25 del mismo mes, miércoles, coincidiendo con el ingreso de la mensualidad ordinaria. Una buena noticia ya que se garantiza un incremento notable en los ingresos para personas que dependen de su pensión para cubrir gastos esenciales.
Por tanto, la segunda quincena de junio será en la que el colectivo de jubilados verá reflejado en su cuenta el ingreso de la cuantía correspondiente, que le hará ganar en dicho mes el doble. Si ingresaba 1.200 euros de pensión, recibirá 2.400. Un buen pellizco.
Las excepciones dentro del colectivo
Aunque la mayoría de los jubilados pueden disfrutar de la paga extra de verano, no todos los que reciben una pensión tienen este privilegio. Aquellas personas que cuentan con una pensión por accidente laboral o enfermedad profesional no están entre los beneficiarios, ya que su pensión incluye las pagas prorrateadas. Aunque el montante global es el mismo, no reciben una cantidad adicional durante los meses de junio y diciembre.
Lo que se busca con esta medida es garantizar una mensualidad más equilibrada, se pretende evitar variaciones puntuales. Pero esto genera confusión al ver no que se ingresa de forma independiente esa paga extraordinaria.
Influencia de la pensión mínima y el cónyuge a cargo en el global
Desde la Seguridad Social se calcula el importe de la paga extra según la base de la pensión habitual. Es decir, que cada pensionista recibe una cuantía equivalente a su nómina normal de junio, sin incrementos adicionados. Además, las retenciones que corresponden al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) pueden modificar la cantidad final que se perciba si se superan determinados umbrales. Con el objetivo de aclarar dudas, nos ejemplos de las cantidades de pensiones mínimas de 2025 según la situación familiar:
- Mayor de 65 años con cónyuge a cargo: pensión anual mínima estimada de 15.786,40 euros.
- Mayor de 65 años sin cónyuge a cargo: pensión anual mínima estimada de 12.241,60 euros.
- Menor de 65 años, según responsabilidades: pensión anual mínima estimada entre 10.824,80 euros y 15.786,40 euros.
Por tanto, como se puede observar, la presencia de un cónyuge eleva la cantidad mínima a percibir ya que se reconoce la necesidad de un mayor respaldo económico cuando existen otras personas dependientes.
El control de los gastos con la paga extra
Siempre es importante tener un control riguroso de los gastos, pero más cuando se recibe un ingreso extraordinario como es el de la paga de junio o diciembre. Entre los consejos que se dan están los siguientes:
- Elaborar un presupuesto detallado en el que queden claros los gastos más urgentes.
- Reservar una parte de la paga extra para posibles imprevistos que puedan surgir o directamente ahorrarla.
- Consultar con la asesoría si existen dudas fiscales o relacionadas con las retenciones para saber cómo actuar.
Por tanto, disponer de un plan financiero para cuando lleguen este tipo de ingresos puntuales puede marcar la diferencia respecto a todo el ejercicio. La primera paga extra, la de junio, conlleva un empujón importante para la mayoría de las personas jubiladas, que tienen una ayuda para afrontar los meses de verano con mayor tranquilidad e incluso con la opción de poder darse algún capricho.