Ni 65 ni 67: esta es la nueva edad que marca la ley en España para la jubilación forzosa de los empleados públicos

La jubilación forzosa para los empleados del sector público es de nuevo tema de debate en España, ya que la ley ha vuelto a cambiar, afectando con ello a cientos de trabajadores, y es que a partir de 2025, la edad para poder acogerse a la misma ya no estará entre los 65 años y los 67 años. Esto es algo que ha llamado la atención, ya que tradicionalmente, estos empleados del sector público debían retirarse del mercado laboral obligatoriamente cuando cumpliesen los 65 años, aunque es cierto que podían alargar este tiempo si se solicitaban una serie de prórrogas con las que podían continuar ejerciendo hasta los 70 años.

Por tanto, a diferencia del régimen general de la Seguridad Social, donde la edad ordinaria de jubilación subirá hasta los 66 años y 6 meses para quienes no lleguen a 38 años cotizados, en el caso del sector público la jubilación forzosa se adelanta, salvo en contadas excepciones. Es por ello que profesiones como jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia o docentes universitarios podrán continuar en activo, si así lo solicitan, hasta los 70 años.

Quién se ve afectado por esta jubilación forzosa y qué opciones existen

Como ya hemos mencionado al principio de este artículo, la jubilación forzosa afecta principalmente a los funcionarios de la Administración General del Estado, que tendrán que cesar en sus funciones al cumplir los 65, salvo que soliciten una prórroga. Estas prórrogas, eso sí, se conceden de forma anual y siempre tras evaluación individualizada, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y la situación en la que se encuentra el trabajador.

A día de hoy, la ley sigue permitiendo que ciertos colectivos amplíen su carrera profesional hasta los 70, una medida que está pensada para que ciertas personas con talento o con una experiencia valiosa para su trabajo puedan seguir ejerciendo durante algo más de tiempo. A la vez que ocurre esto, la legislación también consolida la figura de la jubilación demorada, la cual permite seguir trabajando más allá de la edad ordinaria a cambio de ciertos incentivos económicos, tales como aumentos en la pensión o bonificaciones anuales.

Para todos los trabajadores que quieran acceder a una pensión contributiva, los requisitos no cambian, y son que deben tener al menos 15 años cotizados, de los cuales 2 deben estar dentro de los 15 años anteriores al retiro. En caso de que no quieran acogerse a la jubilación forzosa a los 65 años, el paso imprescindible es solicitar formalmente la prórroga con antelación suficiente para poder realizar todos los trámites y estudios necesarios, ya que, como hemos señalado, cada petición se atiende de forma individualizada.

Qué pasos se deben seguir para tramitar la jubilación forzosa

Es muy importante que la persona que se quiera acoger a la jubilación forzosa lleve a cabo una serie de trámites, para lo cual deben estar muy atentos no solo a los plazos fijados por la ley, sino también a la documentación que se exige durante el proceso. En primer lugar, se debe revisar la vida laboral para confirmar que se cumplen los requisitos de cotización, para posteriormente definir qué tipo de jubilación se solicita, ya que nos podemos encontrar con diferentes modalidades, que son la ordinaria, la anticipada, la demorada o, en este caso, la forzosa.

Una vez hecho esto, se debe pedir una cita previa en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o hacer todo el trámite a través de la sede electrónica, momento en cual deberemos presentar toda la documentación, entre la que podemos encontrar nuestro DNI, ciertos informes (si procede para nuestro caso), los justificantes de cotización y la solicitud oficial.