De los 35 a los 40 años. La Comunidad de Madrid quiere aliviar el bolsillo a más personas que están viviendo en régimen de alquiler. El gobierno regional amplia el límite para acceder a la deducción autonómica, que estaba en los 35 años, y en esta Declaración de la Renta alcanzará hasta los 40 años. Con esta medida se espera que miles de contribuyentes puedan reducir parte de la carga fiscal y presentar su declaración antes de este 30 de junio con un mayor ahorro.
Este cambio responde la necesidad de respaldar a una población que cada vez está más afectada por los altos precios del alquiler, sobre todo en la capital. Al elevar el límite de edad, se facilita que quienes tengan entre 30 y 40 años puedan solicitar un porcentaje de reducción que en algunos casos puede alcanzar hasta el 30% de la renta pagada, hasta un máximo de 1.237 euros.
Los requisitos a tener en cuenta para la deducción del alquiler
- Es imprescindible haber residido en la Comunidad de Madrid al menos 183 días.
- No superar los 26.414 euros de ingresos en tributación individual o los 37.322 euros en la conjunta.
- El alquiler debe estar destinado a la vivienda habitual y representar al menos un 20% de la suma total de los ingresos anuales.
Además, la fianza depositada en la Agencia de la Vivienda Social de la Comunidad de Madrid o en el organismo competente servirá de prueba para que Hacienda reconozca esta deducción.
Documentación, plazos y pasos a seguir
Hay que tener en cuenta que la Campaña de la Declaración de la Renta acaba el próximo 30 de junio y por tanto hay ser rápidos en reunir todo lo que se necesita para llevar a cabo los trámites que demuestren que una persona está en situación de alquiler. A continuación se detallan una serie de documentos que hay que presentar para poder estar a esta deducción.
- Un contrato de alquiler en vigor en el que conste la dirección de la vivienda.
- Recibos o transferencias realizadas con las que se acredite el pago mensual.
- Declaraciones o certificado del arrendador con el importe total que se ha abonado.
- Resguardo del depósito de la fianza en el organismo oficial.
Tener estos documentos a mano permite realizar la declaración sin contratiempos. Así, una vez se tengan todos reunidos, basta con revisar el borrado de la Agencia Tributaria y añadir la deducción autonómica de Madrid en el apartado que corresponde. Si lo que se prefiere es acudir a una oficina de hacienda, hay que solicitar cita previa. Aspectos esenciales de esta deducción:
- Límite de edad: ha pasado de los 35 años a los 40 en la actualidad.
- Porcentaje de deducción: puede alcanzar hasta el 30%.
- Máximo a deducir: 1.237 euros.
- Renta máxima individual: 26.414 euros.
- Renta máxima conjunta: 322 euros
- Requisito de residencia: al menos 183 días en la Comunidad de Madrid.
- Porcentaje de alquiler: debe suponer el 20% de los ingresos anuales.
- Documentación obligatoria: contrato, justificantes de pago y fianza depositada.
Es importante tener en cuenta también que las deducciones autonómicas pueden variar en cada región. Por tanto, si una persona se plantea cambiar de residencia o lo ha hecho recientemente, no debe olvidar comprobar los incentivos fiscales de la nueva comunidad en la que reside.
Con la ampliación de la edad cinco años más se da un respiro a muchos inquilinos que pretenden ahorrar en la próxima Declaración de la Renta, que finaliza el próximo 30 de junio.