Ni prórrogas ni excepciones: todos los autónomos en España deben hacer este trámite obligatorio antes del 30 de junio

Si eres autónomo y has recibido un mensaje en tu móvil o correo electrónico en los últimos días por parte de la Seguridad Social, no lo ignores ya que es muy importante. Y es que este aviso recuerda que todos los autónomos dados de alta en el sistema tienen la obligación de actualizar su código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) antes del 30 de junio, y mucho cuidado porque no existen prórrogas ni excepciones. Se trata de un cambio obligatorio que afecta al conjunto del colectivo y que responde a la nueva clasificación que entrará en vigor en 2026.

Este trámite no es una simple formalidad, ya que la actualización del CNAE es clave para que los datos sobre la actividad económica de los autónomos reflejen exactamente su situación profesional y, aunque la adaptación a esta nueva codificación parece una mera tarea técnica, lo cierto es que tiene implicaciones directas en cómo se analiza el tejido productivo del país. Y por eso la Seguridad Social ha puesto en marcha esta campaña de actualización.

Por qué deben actualizar su CNAE todos los autónomos

El CNAE es un código numérico que permite identificar el tipo de actividad económica que desarrolla un trabajador o una empresa, y aunque en principio puede parecer que es solo una herramienta estadística utilizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), también tiene importancia para la propia Seguridad Social y otras administraciones. La versión actual, conocida como CNAE-2009, se va a sustituir por una nueva clasificación más adaptada a la realidad que se vive actualmente en el mercado español.

Muchos autónomos han cambiado su actividad principal en los últimos años, sobre todo a causa del crecimiento de la economía digital y los nuevos modelos de negocio, por lo que esta revisión permitirá ajustar los datos estadísticos a la actividad real de los autónomos. De hecho, el INE reconoce que muchas categorías han perdido peso, mientras que otras han aparecido en nuestro día a día con mucha fuerza, especialmente aquellas vinculadas a la tecnología y la mediación.

En caso de que el CNAE actual de un autónomo tenga una equivalencia directa en la nueva clasificación, la propia Tesorería General de la Seguridad Social realizará el cambio automáticamente pero, en el resto de casos donde no se vea tan clara dicha equivalencia, es el propio trabajador quien debe comunicarlo y solicitar que se le haga el cambio a la nueva clasificación en la que se encuentra.

Cómo pueden los autónomos modificar su Clasificación Nacional de Actividades Económicas

Tal y como pasa con muchos otros procesos de la administración, esta gestión se hace online, a través del portal de la Tesorería General de la Seguridad Social. Una vez dentro de la sede electrónica, el autónomo debe acceder al apartado “Tus datos de autónomo”, lugar en el que podrá desplegar un apartado denominado “Actividad Profesional (CNAE)”. En este menú verá dos opciones entre las que debe escoger, y son “Modificar” o “Comunicar CNAE2025”. Es esta última la que se debe elegir para adaptar la actividad al nuevo sistema en el que nos encontramos.

Lo bueno de todo esto, es que el cambio no tiene coste para el autónomo y se puede hacerse desde el móvil, el ordenador o cualquier dispositivo con acceso a internet y, aunque es algo bastante sencillo, conviene no dejarlo para el último momento, ya que si el plazo del 30 de junio termina sin que se haya hecho la modificación, podrían generarse problemas con la administración que aún no se han detallado, pero que podían derivar en errores en la afiliación o en futuras gestiones con la Seguridad Social.