Sí, tu empresa puede obligarte a hacer horas extra: estos son los casos en los que la ley lo permite

Posiblemente, esto no es algo que muchos sepan, sobre todo porque actualmente nos encontramos en un contexto en el que los derechos de los trabajadores se protegen bastante y los abusos por parte de los empresarios, aunque siguen siendo una triste realidad, se encuentran más perseguidos que nunca. Pero sí, la empresa puede obligarte a llevar a cabo horas extra en determinados casos, tal y como se recoge en el Estatuto de Trabajadores, en el cual se expone que por norma general las horas trabajadas fuera de la jornada laboral normal deben pactarse entre empresa y trabajador, pero hay situaciones excepcionales que cambian esto.

Si queremos profundizar en esto, tendremos que irnos al artículo 35.4 del Estatuto, en el cual veremos reflejado que existen dos excepciones claras a la voluntariedad de las horas extra; las cuales son cuando estas están pactadas expresamente en el contrato o convenio colectivo y cuando concurren causas de fuerza mayor. Es decir, si en tu contrato figura que estás obligado a hacer horas extra o si se produce una emergencia grave en la empresa (como una avería o un siniestro), no puedes negarte legalmente.

Cuándo las horas extra son obligatorias según la ley

En primer lugar, si el convenio colectivo o tu contrato individual establece que las horas extra forman parte de tus obligaciones laborales, la empresa puede exigírtelas, ya que este tipo de cláusulas son legales y, por tanto, su cumplimiento también lo es. Las horas extra pactadas de este modo cuentan con un límite máximo de 80 al año, salvo que se trate de horas extraordinarias por fuerza mayor.

En segundo lugar, si hablamos de causas de fuerza mayor, en las que entrarían los incendios, las inundaciones, las averías graves o cualquier otro incidente que exija actuar con urgencia para evitar daños mayores. En estos casos, la empresa puede imponer horas extra sin límite y el trabajador está obligado a acatarlas, aunque repetimos que solo en momentos de necesidad urgente y justificada.

Hay que tener en cuenta que las horas extra, sean voluntarias u obligatorias, deben registrarse y compensarse, por lo que la ley permite que se abonen económicamente o que se compensen con tiempo de descanso equivalente. Eso sí, este descanso debe disfrutarse dentro de los cuatro meses siguientes a la realización de las horas extraordinarias.

Horas extra: derechos, límites y compensaciones

Uno de los aspectos que más confusión genera entre los trabajadores es si pueden negarse a hacer horas extra, y tal y como hemos visto, lo normal es que estas sean voluntarias, pero nos podemos encontrar con que hay excepciones. Si se dan las condiciones legales mencionadas, negarse puede considerarse una falta laboral y puede conllevar una sanción por parte de la empresa.

Otro punto importante es que el Estatuto de los Trabajadores excluye del cómputo anual de 80 horas aquellas que se realizan por fuerza mayor, lo que implica que, aunque ya hayas alcanzado el límite de horas extra en un año, si se produce una emergencia laboral, la empresa podrá seguir solicitándote más.

Si nos metemos en el terreno de la compensación, en caso de que no exista un acuerdo específico en el contrato o en el convenio colectivo, el trabajador tiene derecho a elegir entre el pago económico o el descanso equivalente; aunque es cierto que en la mayoría de los casos es la propia empresa la que elige el método por el que va a compensar al trabajador, siempre dentro de los parámetros establecidos en la ley.