La Justicia perdona una deuda de 30.000 euros a una persona amparándose en esta directiva europea

Puede que muchos no sepan esto, pero es posible que la Justicia te perdone por completo una deuda, incluso cuando esta pueda afecta a la Administración pública, tal y como se ha demostrado en un último caso que ha tenido lugar en Madrid, donde una vecina de esta localidad ha visto como su deuda de 30.000 euros desaparecía de un plumazo gracias a la interpretación de la Directiva europea 2019/1023.

Esto ha ocurrido en el Juzgado de lo Mercantil nº 19 de la capital, el cual ha sido el encargado de decidir que se tenía que aplicar directamente el criterio marcado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el que se refuerza el derecho a la segunda oportunidad.

Para explicarlo de un modo más claro, el juez consideró que la vecina, la cual debía dinero tanto a entes públicos como privados y que le era imposible de devolver, se merecía que la exoneraran ya que actuó de buena fe y en ningún momento tuvo ánimo de cometer un fraude.

Cómo la Directiva europea refuerza la segunda oportunidad frente a la deuda

Esta decisión judicial se ampara en la normativa europea que defiende que el perdón de una deuda sea real y efectivo, y no meramente simbólico, algo que ya había advertido el Tribunal de Justicia de la UE, diciendo que poner topes demasiado bajos a la exoneración de deuda pública, como hacía la ley española con su límite de 10.000 euros, hacía casi imposible la reinserción (desde el punto de vista económico) de personas insolventes que habían actuado de buena fe.

Así, el Juzgado de lo Mercantil nº 19 resolvió que la deuda de 30.000 euros debía quedar completamente perdonada, aplicando la interpretación europea de que un procedimiento de segunda oportunidad tiene sentido solo si permite reempezar de verdad, sin que la deuda pública siga atándote de por vida. La afectada había pasado varios años desempleada, con graves problemas de salud y sin posibilidad de atender ni la deuda privada ni los pagos a la Administración.

Lo más importante es que este procedimiento se tramitó bajo la modalidad de concurso sin masa, pensada precisamente para personas sin patrimonio, lo que permitió ahorrar tiempo y costes al eliminar fases de liquidación innecesarias. Gracias a ello, en apenas unos meses se ha resuelto un caso que de otra forma habría podido ser eterno, además de tener un impacto mínimo para la afectada, cuya deuda era ya inasumible.

Qué va a pasar ahora con la deuda pública en procesos de segunda oportunidad

Podríamos decir que este caso se ha viralizado en los despachos de abogados especializados en derecho concursal, ya que abre la puerta a que muchas personas puedan librarse de una deuda pública, ya que hasta ahora estas se consideraban intocables. Miles de autónomos y particulares en España arrastran impagos con Hacienda o con ayuntamientos, lo cuales, hasta este caso, no podían ser exonerados por encontrarse por encima de los 10.000 euros, algo que ha dado un giro de 180 grados gracias a esta interpretación del TJUE.

Juristas consultados creen que, de no adaptarse la ley concursal española a lo que dice la directiva europea, veremos una cascada de sentencias perdonando deuda por encima de esos límites estatales, lo cual obligaría a reformar la legislación para no mantener un techo que, según Europa, atenta contra el derecho a una segunda oportunidad verdadera.

Y es que la idea final es que las personas no queden marcadas de por vida debido a una deuda que les es imposible asumir, siempre y cuando hayan colaborado con la Justicia y hayan actuado de buena, tal y como es el caso de esta vecina de Madrid, caso en el que se demostró que la deudora no ocultó bienes, ni realizó movimientos sospechosos para proteger su patrimonio, y que por tanto merecía la exoneración total de su deuda, incluidas las obligaciones con el fisco.