Aunque muchos puedan pensar todo lo contrario, es cierto que, si estás de baja y no avisas a tiempo a tu empresa, podrían despedirte, algo que no es una advertencia sino que ya ha sido confirmado por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha dado la razón a un empresario tras el despido de una trabajadora que no informó de su ausencia. Estaba de baja, sí, pero no avisó lo cual, legalmente, puede considerarse una falta muy grave que puede derivar en consecuencias tales como el despido.
Porque una cosa es que el parte médico llegue por los canales oficiales del sistema sanitario, y otra muy distinta es que tú, como trabajador, no comuniques directamente que no vas a acudir a tu puesto. Esto quiere decir, a fin de cuentas, que la baja médica no exime del deber de avisar, ya que esa falta de comunicación puede alterar la organización interna de la empresa. En este caso concreto que ya ha sido juzgado, la trabajadora (una camarera con antecedentes disciplinarios) faltó tres días sin avisar, lo cual bastó para que la Justicia declarase procedente su despido.
La baja no te libra de comunicar la ausencia
En esta nueva sentencia número 5201/2025 se ha dejado claro que, aunque haya un parte médico en el que se acredite que el trabajador no debe acudir a su puesto, es importante que el empleado se lo haga saber a la empresa personalmente, de tal forma que se puedan reorganizar los turnos con tiempo para que esto no perjudique al resto del equipo, ya que de lo contrario, estaríamos ante un perjuicio más que evidente. Y es que, si bien la ausencia médica es un hecho que se protege, tampoco puede ser excusa para que dicho trabajador eluda una serie de responsabilidades básicas para con su empleador, tales como la de informar de la ausencia.
Hay que señalar que, en este caso en concreto, los que juzgaron el hecho valoraron que la trabajadora ya contaba con ciertas sanciones previas y que había sido informada (o mas bien, advertida) de las posibles consecuencias a las que se enfrentaría si reincidía en las mismas. El no comunicar que no iba a acudir a su puesto entre los días 1 y 3 de abril, podríamos decir que, fue “la gota que colmó el vaso”, ya que esto generó una desorganización en la empresa, además de entenderse como como una “transgresión de la buena fe contractual”.
Esto no quiere decir que se revelen datos médicos ni que se deba justificar el diagnóstico, sino simplemente de notificar que no se podrá acudir al trabajo por estar de baja. Un mensaje, una llamada, un correo… cualquier canal sirve. Lo importante es que la empresa tenga constancia para poder reaccionar con algo de margen.
Cómo puede protegerse una empresa ante una baja mal gestionada
Precisamente, por casos como este, cada vez son más las pequeñas empresas y autónomos que incluyen en sus contratos una cláusula expresa sobre la obligación de comunicar cualquier ausencia, incluidas las derivadas de una baja médica. Así lo recomienda, por ejemplo, el abogado laboralista Jaume Barcons, que considera clave dejar por escrito lo que ya está recogido en el Estatuto de los Trabajadores, que es básicamente el deber de buena fe y colaboración.
Porque aunque parezca de sentido común, no está de más recordarlo, ya que no cumplir con este aviso puede derivar en sanciones y, en caso de que sea una circunstancia que se repite, puede acabar en despido, incluso aunque la ausencia esté justificada clínicamente.
En el caso que ha motivado la sentencia, se celebró una audiencia y, aunque la trabajadora alegó haber sufrido un aborto unas semanas antes, el tribunal no apreció ningún tipo de discriminación y dictó a favor del despido.