La Seguridad Social deja a un jubilado sin pensión y la Justicia actúa: esta es la indemnización que acabó recibiendo

Tras el disgusto inicial, una recompensa bien merecida que sirvió para quitar todas las penas anteriores. Es lo que le ocurrió a un pensionista andaluz, que ha visto como la justicia condenó a la Junta indemnizarlo con más de 55.3000 euros por privarlo de ingresos entre los años 2018 y 2022 debido a un error en la tramitación de su jubilación anticipada. Con el dinero en el bolsillo, la tranquilidad y el optimismo de cara al futuro regresaron a esta persona.

Pero no fueron tiempos buenos esos cuatro años, en los que el afectado no pudo acceder ni a la pensión de jubilación que le correspondía ni a la renta del 78% de su salario a la que tenía derecho según un acuerdo privado. El caso llegó al Tribunal Supremo, que confirmó la indemnización y exoneró de toda responsabilidad al trabajador después un tiempo en el que sus recursos económicos se vieron perjudicados.

Fue el Juzgado de lo Social nº3 de Huelva el primero que responsabilizó a la Junta de Andalucía por el fallo administrativo que había cometido. Así, el juez señaló que “el trabajador no debe pagar las consecuencias de los errores administrativos en la determinación de su edad de jubilación” y subrayó que la administración tenía la obligación de garantizar la renta pactada hasta que el afectado alcanzara su edad ordinaria de retiro, con independencia de que solicitara la jubilación anticipada.

Así sucedieron los hechos

La historia se remonta a 1981, año en el que este trabajador andaluz comenzó vida laboral. Otra fecha clave fue el año 2003, en el que fue incluido en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), que le dio acceso a una renta temporal equivalente al 78% de su salario, financiada por un seguro colectivo suscrito entre el Estado y la Junta. Este apoyo económico debía mantenerse hasta que se alcanzara la edad legal de jubilación.

Sin embargo, en el año 2018, la intentar acogerse a la jubilación anticipada, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) rechazó su solicitud tras calcular de forma errónea que todavía le restaban nada más y nada menos que 1.400 días para cumplir con los requisitos exigidos. Esta decisión dejó sin pensión a esta persona y sin la renta que tenía garantizada por el acuerdo anterior.

Posteriormente se determinó que el error procedía de un mal cálculo en su edad de jubilación comunicado por el INSS y que fue asumido por la junta sin verificar la información. Así, durante esos cuatro años sin recibir un ingreso, el pensionistas se vio obligado a depender económicamente de su entorno para sobrevivir.

Para muchos expertos en este tipo de casos, no se trata de uno aislado, pues hay muchos más trabajadores que han tenido que acudir a los tribunales para que la Seguridad Social reconozca sus propios errores.

Otro error en la pensión que cuesta caro

En Madrid, el Tribunal Superior de Justicia también se puso de lado de la persona y no del organismo público. En este caso, determinó que un jubilado no debía reintegrar el dinero que la Seguridad Social le reclamaba por un error en el cálculo de su pensión ya que todo fue consecuencia de un fallo exclusivamente administrativo.

El afectado, de 61 años, accedió a la jubilación anticipada de forma involuntaria tras ser despedido y contaba con más de 38 años cotizados, cumpliendo así todos los requisitos. Su pensión fue fijada en 14 pagas de 1998,71 euros brutos. Sin embargo, por un error de la Seguridad Social, se duplicaron las cotizaciones del subsidio para mayores de 52 años y la base reguladora del jubilado se alteró. Al descubrir el exceso de dinero, la Administración le reclamó 10.993,96 euros.

En un primer momento el Juzgado de lo Social Nº 3 de Madrid respaldó a la Seguridad Social, pero el TSJM aceptó el recurso de suplicación de la persona afectada, que alegaba que no había recibido un desglose con el cálculo corregido de su pensión, lo que le impidió conoce el origen del supuesto error.