Un autónomo también tiene pensión a la pensión pública, al igual que los profesionales asalariados. Eso sí, la pensión máxima difiere mucho de la común. Para hacernos una idea, la pensión media que corresponde a los autónomos, de media, es de hasta 400 euros menos que la de un trabajador por cuenta ajena. Para calcular la pensión de un autónomo, la Seguridad Social calcula sobre lo cotizado por el trabajador en los últimos 25 años, el periodo cotizado y la cuota mensual que se haya abonado durante ese tiempo.
Hasta 2023, los autónomos han podido elegir lo que querían aportar a la Seguridad Social mediante la famosa cuota de autónomos, un pago mensual que se hacía para contribuir a los servicios públicos del Estado: bajas medidas, pensiones de jubilación, paro y otros. Ahora, el trabajador autónomo se enfrenta a un desafío mayor, ya que está adscrito al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y, en general cotiza por bases más bajas de los asalariados. Como resultado, sus pensiones de jubilación suelen ser menores en comparación con la de los trabajadores por cuenta ajena.
El cálculo de la pensión máxima para el autónomo
Desde la Seguridad Social se hace un cálculo sobre lo cotizado por el trabajador en los últimos 25 años para poder acceder a la pensión máxima de jubilación. Si el autónomo cotizó por diferentes bases durante ese tiempo, es posible que se compensen y pueda acceder a la pensión máxima. Para ello es importante destacar que cualquier periodo de tiempo sin cotizar no se integrará en la cotización y afectará al resultado final.
Además, la base de cotización es un factor determinante para recibir una pensión alta en el futuro. La misma se puede ampliar en cualquier momento y de manera voluntaria, lo que aumentará por otro lado la cuota mensual a pagar.
Por tanto, la pensión máxima dependerá de la edad, el periodo cotizado, la media de los últimos 25 años y la cuota mensual que se haya abonado durante este tiempo.
Cerca de 3.000 euros en 14 pagas
Para conseguir esta cuantía en la jubilación de manera automática se tendría que haber cotizado a la Seguridad Social por una base superior a la establecida y cumplir con la edad legal y los años cotizados que exige la normativa. Es importante mencionar que no basta con cotizar el máximo durante algunos años, sino que es necesario hacerlo durante los últimos 25 años.
En 2025, la base máxima permitida para los autónomos es de 4.909,50 euros, aplicable a quienes se encuentren en el tramo más alto de Rendimientos Netos Mensuales. Es decir, aquellos con ingresos cercanos a los 6.000 euros. Para determinar la pensión de jubilación se tiene en cuenta la base reguladora, que se obtiene al calcular la media de todas las bases de cotización de los últimos 25 años y dividir el resultado entre 350. El trabajador por cuenta propia, claro está, debe tener la edad de jubilación establecida para poder cobrar la pensión, que cada año va aumentando de manera progresiva hasta alcanzar en 2027 los 67 años.
La prestación que reciben los trabajadores por cuenta propia al abandonar la vida laboral es un promedio de todas las bases de cotización de los 300 meses anteriores a la fecha de jubilación. Por ello, el cálculo consiste en multiplicar 300 por la base de cotización y dividir la cifra por 350.
Es importante saber que a la hora de calcular la pensión de los autónomos jubilados no se produce la integración de lagunas como ocurren en los trabajadores por cuenta ajena, algo que perjudica en gran medida en determinados sectores.