Es posible que no lo sepas, pero como trabajador de una empresa, esta tiene la obligación de informarte sobre las vacantes libres que haya en esta, es decir, que si algún puesto queda desocupado, siempre y cuando seas un empleado con un contrato parcial, temporal, fijo-discontinuo o si trabajas a distancia, estás en todo tu derecho a acceder a una de las oportunidades internas que se ofrezcan en la organización, algo que está incluso avalado en el Estatuto de Trabajadores.
De hecho, la Inspección de Trabajo vigila que estas obligaciones se cumplan, y cualquier omisión puede acarrear sanciones económicas de hasta 750 €. Por tanto, conocer cómo y cuándo tu empresa debe comunicar las vacantes es fundamental para garantizar que no se vulneren tus derechos y puedas aprovechar al máximo tu trayectoria profesional dentro de la compañía. Pero veamos a continuación un poco más acerca de esta ley y las razones que pueden llevar a que una empresa se enfrente a una sanción que, si bien es leve, puede hacer tengan que abonar un dinero que podrían haberse ahorrado.
Vacantes: quiénes deben recibir la información según la legislación
Y es que, tal y como ya te hemos adelantado al comienzo de este artículo, la ley no deja lugar a dudas en lo relacionado con este tema, ya que toda empresa tiene el deber de avisar sobre vacantes internas a colectivos específicos, buscando reducir la temporalidad y favorecer la estabilidad laboral. Los principales grupos protegidos son cuatro:
- Los trabajadores a tiempo parcial, que podrían ampliar su jornada o acceder a un contrato completo gracias a estas oportunidades internas.
- Los empleados con contrato temporal o formativo, a quienes se facilita la opción de obtener un empleo más estable dentro de la compañía.
- El personal fijo-discontinuo, el cual tiene derecho a postularse a vacantes permanentes.
- Los teletrabajadores o a distancia, asegurando igualdad de oportunidades con quienes se encuentran físicamente en la oficina.
Este marco legal combate la parcialidad involuntaria y refuerza la movilidad interna, permitiendo que quienes tienen menos estabilidad, es decir, que no tengan un contrato un contrato indefinido a jornada completa, puedan acceder a vacantes que mejoren sus condiciones; lo cual implica que si perteneces a alguno de estos grupos y no recibes los avisos, tu empresa podría estar incumpliendo la normativa.
Cómo comunicar las vacantes correctamente y evitar sanciones
Si bien es cierto que dentro de esta obligación de informar sobre vacantes no se impone un canal único por el que este procedimiento deba llevarse a cabo, sí que exige que dicho aviso llegue de manera efectiva a todos los trabajadores de dentro de la empresa antes de que se cubra el puesto libre. Lo mas normal es que el método sean anuncios en tablones del centro de trabajo, correos electrónicos masivos, intranet corporativa o cualquier medio previsto en el convenio colectivo, aunque en la actualidad, es muy común que esto se haga a través de alertas digitales automáticas, las cuales les deberán llegar a aquellos empleados que sean elegibles para la vacante.
Tal como y ya hemos resaltado, el hecho de que se omita del aviso a los trabajadores que pudiesen acceder al puesto y que pertenezcan a la compañía, se encuentra tipificado como una infracción leve según el artículo 6.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). La cuantías de la multa puede ir de los 70 euros hasta los 750 euros, lo cual depende ciertos factores como la reincidencia, el número de trabajadores afectados o la intencionalidad, por lo que la recomendación es, obviamente, que las empresas cumplan este procedimiento de comunicar las vacantes para que no deban enfrentarse a este tipo de sanciones.