Confirmado: así consiguió un vigilante de seguridad la incapacidad permanente tras batallar 6 años con la Seguridad Social

Un trabajador, que se dedicaba concretamente al ámbito de la seguridad privada, consiguió la incapacidad permanente total después de 6 años de lucha.  A pesar de los presentar un informe médico detallado con los dolores, limitaciones y otros aspectos a considerar, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le denegó el reconocimiento a dicha incapacidad, puesto que consideraba que no se cumplían los requisitos necesarios. No se quedó ahí el trabajador, que llevó el caso a la Justicia y la misma estimó la demanda de esta persona, consiguiendo de esta manera la incapacidad permanente total.

La posibilidad de la vía judicial

En nuestro país, la solicitud de una incapacidad permanente siempre se debe realizar mediante el INSS. Pero, si da el caso de que este organismo la deniega por cualquier motivo, el trabajador siempre tiene la posibilidad de reclamarla a través de la vía judicial. El caso de este vigilante de seguridad pone de manifiesto las complicaciones a las que se enfrentan muchos trabajadores en España para lograr el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente.

Un largo proceso para lograr el reconocimiento de la incapacidad

Para esta persona, todo comenzó el 4 de diciembre de 2017. Ese día inició una incapacidad temporal por patología lumbar y casi dos años después, el 21 de noviembre de 2019, recibió el alta siendo declarado sin incapacidad permanente. Posteriormente, el 13 de noviembre de 2020, comenzó una nueva situación de incapacidad temporada por patología lumbar también. Así, no recibió el alta hasta el 8 de abril de 2022.

En el mes de mayo de 2022, esta persona inició un expediente de incapacidad permanente y el 21 de octubre se emitió el informe médico de síntesis por parte del médico evaluador con el siguiente cuadro clínico:

  • Dolor lumbar no irradiado post artrodesis lumbar.
  • Artrodesis TLID L5-S1.
  • Discopatía incipiente por encima de fusión dolorosa L5-S1.
  • Limitación en flexorrotaciones de tronco y posturas mantenidas sin posibilidad de cambio.

Sin embargo, a pesar de este informe, la Dirección Provincial del INSS de Palencia le denegó el reconocimiento de la incapacidad permanente total al considerar que el trabajador no contaba con las lesiones suficientes para provocar una reducción en su capacidad laboral. Tras esta decisión del INSS, el trabajador decidió presentar una Reclamación Previa, la cual fue desestimada por la Dirección Provincial del INSS el 4 de enero de 2023.

El Juzgado se posicionó de su lado

Debido a las limitaciones que el trabajador encontraba para trabajar y los dolores que presentaba, decidió llevar su solicitud de incapacidad permanente total a la vía judicial, previa demanda con el INSS. Así, presentó una demanda el 21 de febrero de 2023 solicitando el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta o subsidiaria total derivada de enfermedad común.

Una vez que la el juzgado analizó el caso, se determinó el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total para esta persona, derivada de enfermedad común para el ejercicio de su profesión habitual, vigilante de seguridad. Por ello, a esta persona le correspondía percibir una pensión con una cuantía equivalente al 55% de su base reguladora, 1.592,24 euros. Además, el INSS debía pagar al trabajador con efectos retroactivos.

Este vigilante de seguridad consiguió la incapacidad permanente total después de seis años de sufrir la primera baja por incapacidad laboral. Así, inició su situación de incapacidad a los 52 años y tuvo que esperar a los 58 años para obtener el reconocimiento de la incapacidad permanente total.

Esta es una situación que atraviesan muchas personas en nuestro país y desde lo despachos de abogados se anima a los trabajadores a luchar por conseguir el reconocimiento de la incapacidad permanente.