La pandemia de la Covid19 cambió nuestras vidas, tanto en el aspecto personal como en el colectivo. Desde entonces, aunque la normalidad ha vuelto al día a día, todavía se mantienen algunas acciones que se pusieron en marcha, una de ellas el teletrabajo. Esta fórmula está muy bien vista por los trabajadores y también por las empresas, que en algunos casos consiguen ahorrar en gastos.
Pero hay muchas lagunas sobre la misma, sobre todo en referencia al lugar en el que se puede desempeñar el trabajo. Miguel Benito, abogado laboralista, ha puesto el foco en los límites legales de esta opción tras el caso de un empleado que apareció en una reunión virtual tumbado en una tumbona en la playa. Benito advierte que trabajar desde otra ciudad sin avisar a la empresa puede derivar en sanciones e incluso en despido.
El abogado está en la misma línea que la Ley 10/2021, de 9 de julio, que establece que el trabajo a distancia debe realizar desde el domicilio o desde el lugar previamente acordado con la empresa, no desde ubicaciones improvisadas. Por tanto, ignorar el acuerdo de teletrabajo compromete el cumplimiento de las obligaciones legales de la compañía y habilita medidas disciplinarias.
Las obligaciones, el control y el riesgo de despido respecto al teletrabajo en España
De acuerdo a lo que dice Benito, un empleado sorprendió a su jefa al conectar a un reunió vía online desde la playa. El abogado destaca que, aunque muchas empresas ofrecen cierta flexibilidad, el marco jurídico no permite improvisar la ubicación sin previo aviso: “Ese trabajador ha incumplido la ley, probablemente sin saberlo, pero no es excusa”, asegura Benito.
La recomendación de este letrado es que si “vas a teletrabajar una semana desde otra ciudad o desde una segunda residencia, lo mejor es avisar a la empresa. De esta forma se evitan problemas y proteges tus derechos”. Además, recuerda que muchas compañías sólo permiten el acceso mediante redes seguras (VPN), lo que deja constancia de la ciudad de conexión. Por tanto, teletrabajar desde una localización no pactada es fácilmente detectable.
La Ley de Trabajo a distancia deja claro en su artículo 2 que “los servicios en modalidad de teletrabajo deben prestarse desde el domicilio del trabajador o el lugar previamente pactado con la empresa”. Para verificarlo, otro artículo, en este caso el 22, asegura que “la empresa podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes laborales”.
Los derechos laborales, desconexión gastos y seguridad
La Ley 10/2021 regula el trabajo a distancia en nuestro país: es la que define el teletrabajo, fija derechos laborales, la compensación de gastos, el derecho a la desconexión y las normas de seguridad y salud. La misma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 10 de julio de 2021 y entró en vigor el 11 de julio en su mayor parte.
Tras la pandemia, el teletrabajo se consolidó y esto llevó al Gobierno a regularlo. Según los datos de Ontsi y del Ministerio para la Transición Digital, más de 2,3 millones de personas trabajan de forma habitual desde casa en España, alrededor de un 14% de la población ocupada.
La advertencia del especialista en temas laborales, Miguel Benito, es clara para todos aquellos que piensen en disfrutar de su trabajo en una ubicación diferente a la pactada con la empresa: lo mejor es informar del cambio antes de teletrabajar. No está el mercado laboral para tener problemas con la empresa.