El SEPE ha vuelto a lanzar una advertencia que conviene tener muy en cuenta, y es que dejar un empleo de manera voluntaria no garantiza el derecho a cobrar la prestación por desempleo. Aun así, día tras día, miles de trabajadores siguen cometiendo este error y llegan a las oficinas del SEPE convencidos de que tras presentar una baja voluntaria podrán acceder al paro y, la consecuencia puede ser, tal y como advierte el organismo, quedarse sin la ayuda económica que podrían haber recibido si hubieran perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad.
Este error se ha dado (y se da) con tanta frecuencia, que el propio SEPE ha tenido que insistir en numerosas ocasiones en que este sistema de protección está pensado y planificado alrededor de la idea de que debe ir enfocado a las personas que quieren y pueden trabajar, pero que, por desgracia, se ven abocados al desempleo. Entender esta diferencia es muy importante para poder planificar bien y con seguridad cualquier cambio que queramos llevar a cabo en nuestra vida laboral y luego no llevarnos una sorpresa desagradable, sobre todo en un contexto como el que tenemos actualmente, el que encontrar un empleo no se hace de un día para otro.
Por qué al renunciar voluntariamente no obtenemos la prestación por desempleo
El SEPE recuerda que la renuncia voluntaria sigue siendo el gran malentendido en sus oficinas, ya que muchas personas confunden el derecho al finiquito con la prestación por desempleo y creen que basta con entregar su baja para empezar a recibir el paro. A pesar de esta idea tan extendida, en la normativa se explica claramente que solo reciben dicha prestación aquellos que pierden su puesto de trabajo de manera involuntaria, un matiz que sigue generando algo de confusión y sorpresa cuando aquellos que no cumplen con este requisito básico se presentan en el SEPE esperando cobrar el paro.
Otro aspecto que suele pasar desapercibido es el periodo de prueba, ya que el SEPE establece que, si un trabajador deja su empleo por voluntad propia y posteriormente es despedido por no superar el periodo de prueba en otro puesto, no tendrá derecho al paro si no han pasado al menos tres meses desde la renuncia anterior, un detalle que puede suponer la diferencia entre cobrar la prestación contributiva o no.
Qué alternativas existen para aquellos que no pueden cobrar la prestación del SEPE
No acceder al paro tras una baja voluntaria no significa quedarse sin respaldo económico, ya que el SEPE recuerda que existen otras ayudas y subsidios en función de la situación personal y familiar del trabajador. Entre ellas, podemos destacar el subsidio por insuficiencia de cotización, destinado a quienes no han acumulado los días suficientes para cobrar la prestación contributiva pero sí cumplen con un mínimo de meses trabajados.
También debemos tener en cuenta que la Seguridad Social ofrece el ya conocido Ingreso Mínimo Vital (IMV) para todas aquellas personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica, a lo que hay que sumarle que muchas Comunidades Autónomas cuentan a su vez con rentas mínimas y programas como los de apoyo al alquiler.
Por otro lado, nos encontramos con la Renta Activa de Inserción (RAI), la cual se dirige expresamente a desempleados de larga duración, a mayores de 45 años y a víctimas de violencia de género; por lo que siempre es recomendable conocer todas las alternativas que tienen a su disposición los trabajadores que se hayan quedado desempleados y que no pueden cobrar la prestación del SEPE.