Es oficial: Hacienda confirma qué pensiones no tributan y están libres de retenciones en la Declaración de la Renta

Hacienda lo ha dejado claro, y es que no todas las pensiones tributan en la Declaración de la Renta. Existen varios casos en los que los pensionistas no tienen que preocuparse por retenciones ni por añadir esas prestaciones en su IRPF, siempre que se ajusten a lo que marca la ley. Esto supone un alivio para miles de personas que dependen de estas ayudas y que temen que su economía se vea todavía más ajustada al llegar el momento de presentar cuentas con la Administración.

En 2025, la normativa vuelve a confirmar que hay ciertas pensiones exentas de impuestos. En la práctica, significa que no se deben declarar y, por tanto, no se suman a la base imponible. Sin embargo, no basta con tener reconocida una prestación: es necesario comprobar si se encuadra en alguno de los supuestos que Hacienda señala expresamente como exentos.

Pensiones que están libres de tributar

El listado de pensiones que no tributan es variado, aunque la mayoría se relaciona con situaciones de especial vulnerabilidad. Entre ellas, destacan:

  • Incapacidad permanente absoluta y gran invalidez: tanto si proceden de la Seguridad Social como del régimen de Clases Pasivas. En este caso, el límite de exención se fija en la cuantía máxima de las pensiones, que en 2025 alcanza los 3.267,60 euros al mes. Si se cobra más de esa cifra, el exceso sí deberá tributar.
  • Pensiones no contributivas de invalidez y jubilación: son las que se otorgan a quienes no han podido cotizar lo suficiente.
  • Pensiones derivadas de actos de terrorismo: tanto las de los propios afectados como las de viudedad y familiares vinculadas a esos hechos.
  • Pensiones por lesiones o mutilaciones de la Guerra Civil: reconocidas como resarcimiento a los afectados por aquel conflicto.
  • Pensiones de orfandad y familiares para menores de 22 años o incapacitados: en este caso, el objetivo es garantizar un sustento básico a quienes no pueden valerse por sí mismos.

Además, también se incluyen otras prestaciones familiares no contributivas, como las ayudas por cuidado de menores o por lactancia, siempre que estén previstas expresamente en la ley.

Todas estas pensiones se consideran rentas exentas y, por tanto, no se tienen en cuenta ni para calcular la obligación de presentar la declaración ni para aplicar los límites económicos habituales.

Quiénes deben declarar a pesar de tener pensiones

La exención de ciertas pensiones no significa que el contribuyente pueda olvidarse de la Renta por completo. Si además de la prestación se perciben otras rentas (por ejemplo, un alquiler, intereses bancarios o ingresos del trabajo), sí puede haber obligación de declarar. En 2025, los límites se mantienen:

  • Con un solo pagador, hay que presentar la Renta si se superan los 22.000 euros anuales.
  • Con dos o más pagadores, el límite baja a 15.876 euros, siempre que el segundo pagador supere los 2.500 euros al año.

Es importante recordar que los planes de pensiones también cuentan como un segundo pagador, de modo que pueden reducir este umbral. Y aunque una prestación esté exenta, otras rentas sí pueden obligar a cumplir con Hacienda.

Cómo comprobar si tu pensión está exenta

El primer paso es identificar el tipo de prestación que se percibe y revisar la resolución que la reconoce. No es lo mismo tener una incapacidad total que una incapacidad absoluta, y ese matiz es el que determina si la pensión queda libre de IRPF. Lo mismo ocurre con las de orfandad: no basta con ser beneficiario, sino que hay que acreditar la edad o la situación de incapacidad.

En segundo lugar, conviene revisar si existen otros ingresos que superen los límites fijados por Hacienda. Aunque tu pensión esté exenta, puede que sí tengas que presentar la declaración si obtienes rentas adicionales.

Y, por último, nunca está de más consultar el borrador con calma. Hacienda suele incorporar la información de oficio, pero un error en la catalogación de las pensiones puede hacer que aparezcan como rentas sujetas a IRPF cuando en realidad no deberían tributar.