Los certificados digitales son muy importantes a la hora de presentar la Declaración de la Renta, consultar notificaciones, firmar documentos o realizar cualquier otro tipo de gestión con la Agencia Tributaria. Pero hay que estar muy atentos, porque los mismos caducan y por ello conviene revisar con tiempo para que no se queden fuera justo en el momento que más necesarios son.
La duración y los motivo de su revisión
Desde la Agencia Tributaria se han aclarado los plazos de vigencia y los pasos a seguir de ciertos documentos. Los certificados de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) tienen cuatro años de validez, mientras que los certificados del chip del DNI electrónico (DNIe) tienen una duración de dos años, actualizada en 2025 mediante Real Decreto.
En cuanto a los plazos de renovación del certificado digital de la FNMT, se permite una única renovación y dentro de los 60 días anteriores a la fecha de caducidad. Por tanto, lo ideal es no dejarlo para el último día. Si el certificado está caducado o ha sido revocado, ya no podrá renovarse en línea y habrá que tramitar otro desde el principio, con la consiguiente acreditación personal de identidad.
El DNI electrónico y cómo actualizar el chip
Un caso diferente a los certificados de la FNMT es el DNIe. La normativa la vigencia de los certificados del chip en dos años. Además, estos nos se pueden renovar por Internet y debe realizar la actualización en un Punto de Actualización del DNI o en una oficina habilitada para ello. Por tanto, aunque tu documento físico tenga una validez superior, las credenciales electrónicas necesitan una atención más frecuente.
Antes de apostar por una vía u otra, a continuación se manifiestan las diferencias más claras:
- FNMT: tiene una validez de 4 años; la renovación se puede hacer online una única vez; el plazo para la renovación es de 60 días antes de la fecha de caducidad; si se caduca o revoca hay que iniciar un nuevo tramite con acreditación presencial.
- DNIe: tiene una validez de 2 años; no se puede renovar vía Internet y se debe hacer al llegar la fecha de caducidad; se puede renovar en un punto de actualización del DNI o en una oficina habilitada.
Cómo comprobar la fecha de caducidad según la agencia Tributaria
La Agencia Tributaria ofrece una serie de consejos para verificar el vencimiento de tus documentos. El proceso es sencillo y rápido y puede ser clave para ahorrarte más de un susto:
- Abrir el almacén de certificados del navegador o del sistema operativo.
- Accede al apartado Validez y localiza el día exacto de caducidad.
- Si es FNMT y faltan 60 días o menos, tramita la renovación electrónica.
- Si pasó la fecha límite y caducó o fue revocado, inicia un nuevo certificado con acreditación presencial.
- Si es DNIe, acude a un Punto de Actualización del DNI u oficina habilitada.
Con estos pasos seguro que llegas a tiempo a campañas como la renta o a plazos administrativos ajustado.
Los organismos que intervienen
La Agencia Tributaria no emite certificados, pero difunde la información oficial y explica como se debe comprobar la caducidad. Las entidades emisoras, como la FNMT o el sistema del DNIe, marcan la vigencia y el procedimiento a seguir para realizar la renovación. Por tanto, lo que se recomienda es consultar la fecha en tu propio equipo, y dependiendo del certificado, actuar de la forma correcta: online en el FNMT y presencia en el DNIe. La clave, planificar.