Complemento de ayuda a la infancia del ingreso mínimo vital: requisitos y solicitud
Los nuevos requisitos del Ingreso Mínimo Vital en 2022
Como ha manifestado en numerosas ocasiones, la intención del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, es la de convertir el Ingreso Mínimo Vital (IMV), en el subsidio “estrella” y, posiblemente, el único de una extensa lista de ayudas, rentas e incentivos no contributivos contra el desempleo y la vulnerabilidad de las familias.
No obstante, este ambicioso proyecto esta resultando un fiasco, ya que la prestación no acaba de funcionar y solo ha conseguido llegar a uno de cada cuatro de los hogares que lo ha solicitado.
¿A qué se deben estas cifras tan bajas?
Esto es debido a los múltiples requisitos requeridos, las incompatibilidades que se contemplan o la novedad que supone la tramitación de este tipo de ingresos por parte de la Seguridad Social, a diferencia de la plantilla de las comunidades, formada desde hace años en la concesión de rentas mínimas, aunque estas sufran también importantes atrasos en su gestión.
Los beneficiarios son pocos, y las cuantías insuficientes
Los últimos datos del mes de diciembre de 2021, muestran que este subsidio apenas beneficia a 362.000 hogares, de los 850.000 previstos inicialmente cuando la prestación entró en vigor hace un año y medio. La ayuda supone de media 14,5 euros diarios a fecha de septiembre de 2021, y la horquilla prestaciones oscilará en 2022 entre los 491 euros previstos para un adulto que vive solo a los 1.081 euros mensuales para hogares con cinco miembros.
En cinco provincias, Soria (232), Segovia (749), Teruel (770), Guadalajara (778) y Cuenca (795), menos de 800 hogares reciben el Ingreso Mínimo, un subsidio que tampoco llega a la España vaciada.
Los eternos plazos de resolución
La Seguridad Social había tramitado a final de año 1,35 millones de expedientes, que lograron pasar el primer filtro, el de las duplicidades, pero solo 362.017 consiguieron ser validados.
El plazo máximo para resolver una solicitud es de seis meses desde la fecha de presentación. Según reconoce el ministerio, que recibió más de 600.000 demandas de la ayuda el mes en el que empezó a estar vigente.
Tras medio año sin respuesta, la petición se entiende denegada por el silencio administrativo. Pero el Instituto Nacional de la Seguridad Social resuelve expresamente las solicitudes presentadas. Incluso si hubieran transcurrido más de seis meses desde su presentación.
Múltiples solicitudes denegadas aun suponiendo hogares necesitados
En el caso de que la solicitud sea rechazada y no se esté de acuerdo, una vez recibida la carta de la Seguridad Social que lo confirma, se puede reclamar a la Administración. Adjuntando todos los documentos posibles, antes de que transcurran 30 días hábiles desde el momento de la notificación.
A partir de ahí, la Administración debe responder en 45 días hábiles. Si hay rechazo administrativo, queda la vía judicial. Las primeras sentencias han sido favorables a los ciudadanos y en el 42% de los casos los reclamantes han salido con el subsidio de los tribunales de lo Social. Solo en los primeros nueve meses de 2021 se iniciaron casi 1.500 procesos judiciales por este subsidio.
Las supuestas mejoras implantadas para el IMV a partir de 2022
El pasado 1 de enero de 2022 entraron en vigor una serie de mejoras. Que, entre otras cosas, contemplan un complemento de ayuda a la infancia, que llegará a los beneficiarios de la prestación con menores a cargo, pero también a otras familias de rentas bajas, ya que se elevarán los umbrales de renta garantizada y patrimonio establecidos para cada tipología de hogar.
Este complemento será de 100 euros por hogar al mes en el caso de niños de 0 a 3 años; de 70 euros al mes por cada niño entre 3 y 6 años y de 50 euros al mes por cada menor de entre 6 y 18 años y lo recibirán los hogares que cumplan dos requisitos: aquellos que no superen el 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar y los que no superen el 150% del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de hogar.
También se amplía la cobertura de colectivos especialmente vulnerables. Como los jóvenes que han estado bajo la tutela de las entidades públicas.
Además, se han igualado las condiciones de las familias monoparentales con cuatro o más hijos o menores a cargo. Las personas con discapacidad (superior al 65%) recibirán un complemento del 22% para la unidad de convivencia. Finalmente, se ha exceptuado del cómputo de rentas las prestaciones que reciben las personas por dependencia y las prestaciones o subsidios por desempleo.
Por último, se reduce el plazo de antigüedad de la unidad de convivencia de 12 a 6 meses para acceder a la prestación.
Por otro lado, se llevará a cabo una serie de informes con el fin de mejorar y rediseñar el Ingreso Mínimo Vital. Que servirán para abordar la simplificación de las prestaciones no contributivas, para evaluar las políticas de inclusión en España, para calcular el impacto normativo de los cambios y para encontrar el mejor modelo, entre seis países europeos.