Estos son todos los servicios de ayuda que pone en marcha Hacienda, para hacer la declaración


Hacienda pone a tu disposición herramientas fáciles de usar para ayudarte a cumplir con tus obligaciones en la campaña de Renta 2021. En este articulo las recopilamos y explicamos para que, puedas realizar tu declaración sin errores.

¿Cómo obtener el borrador / declaración?

Se puede obtener desde el 6 de abril hasta el 30 de junio de 2022.

278085591 5138797672847619 5153860552874638497 n

Aplicación móvil (app) “Agencia Tributaria”

278091527 485111363360463 1882197002983720456 n

Internet, en www.agenciatributaria.es: “Servicio de tramitación borrador/declaración” por Renta WEB con, certificado electrónico, DNI e, Cl@ve PIN o Numero de referencia. Se puede obtener desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2022.

Plan “Le llamamos”

La Agencia Tributaria te confecciona y presenta tu Renta por teléfono. Si quieres que te llaman, pide cita a partir del 3 de mayo hasta el 29 de junio, por Internet o en los teléfonos:

  • 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (servicio automático).
  • 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (atención personal)

¿Cómo obtener la referencia?

Se puede obtener desde el 3 de marzo hasta el 30 de junio de 2022:

Se aportarán los siguientes datos:

278122857 681760483128555 6728367603859226866 n 278162354 461238069111062 9069830819497904968 n

Para los contribuyentes que utilicen la App, además de las vías anteriores podrán obtener la referencia para esta campaña utilizando la última referencia viva de la campaña anterior, siempre que el contribuyente no esté inhabilitado y no haya obtenido ninguna referencia en la nueva campaña. La Agencia Tributaria le mostrará la referencia, a través de la pantalla del dispositivo que esté utilizando para su obtención; teléfono, ordenador, tableta, etc

¿Dónde obtener la casilla 505 de la Renta 2020?

277833910 323660476354559 5681226287768843825 n

Para obtener el N.º de referencia es necesaria la casilla 505 de la Renta 2020. Esta casilla se encuentra en su declaración del pasado año.

Si no la tienes, accede a tu Renta 2020 desde Internet con certificado electrónico, DNI e, Cl@ve PIN

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¿Dónde modificar el borrador/declaración?

Desde el 6 de abril hasta el 30 de junio de 2022: Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2022:

278131286 532215728505778 8103562058448850348 n 278073351 1105131153746658 7128032470304589174 n

A partir del 1 de junio en oficinas de la Agencia Tributaria y entidades colaboradoras. Concierte su cita desde el 26 de mayo, por Internet o llamando: al 901 22 33 44 o al 91 553 00 71.

¿Cómo presentar el borrador/declaración?

Medios electrónicos:

Del 6 de abril al 30 de junio de 2022. Hasta el 25 de junio con domiciliación.

Por Internet
  • Ingreso con domiciliación, devolución, renuncia a la devolución y negativo: DNI/NIE y la referencia, Cl@ave PIN, certificado electrónico o DNI electrónico.
  • Ingreso sin domiciliación: DNI/NIE y la referencia con NRC, Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNI electrónico.
App “Agencia Tributaria”

Ingreso con domiciliación, devolución, renuncia a la devolución y negativo: DNI/NIE, referencia e IBAN.

Por teléfono con el Plan “Le Llamamos”

Ingreso con domiciliación, devolución, renuncia a la devolución y negativo: DNI/NIE, referencia e IBAN.

Presencialmente

Desde el 1 de Junio al 30 de junio de 2021. Hasta el 25 de junio con domiciliación. En oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales, PREVIA CITA.

Ingreso con domiciliación, a devolver, renuncia a la devolución y negativo; a través de los servicios de ayuda.

Ingreso sin domiciliación, a partir del 25 de junio y hasta el 30 de junio, mediante entrega de carta de pago para que el contribuyente efectúe el ingreso en su entidad bancaria.

No olvidéis llevar el DNI/NIE y la documentación necesaria para que te confeccionen tu declaración de la Renta.

Qué tipo de declaraciones se confeccionan

La Agencia tributaria te ayuda a confeccionar y presentar determinadas declaraciones de Renta: sin rentas de trabajo superiores a 65.000 € o de capital mobiliario superiores a 15.000 €, sin actividades económicas en estimación directa, sin alteraciones patrimoniales por más de 2 transmisiones – excluidas las de 2 trasmisiones de bienes que se hayan adquirido por herencia o donación-, sin alquileres de más de 2 inmuebles o 2 contratos de alquiler, regímenes especiales fundamentalmente.

Con el perfil anterior se realizaran declaraciones complementarias y rectificativas de la Renta 2021.

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