Bono Alquiler Joven de la Comunidad de Madrid: estos son los requisitos y pasos a seguir para solicitar tu ayuda

Con el precio del alquiler, y el de compra, por las nubes, toda ayuda es buena en el ámbito de la vivienda. Por ejemplo, la que llega desde de la Comunidad de Madrid, que apuesta por mantener activo el Bono Alquiler Joven con una ayuda que puede alcanzar los 250 euros al mes durante un periodo máximo de 24 meses, dos años. La misma se puede solicitar tanto por internet como de forma presencial, siempre y cuando se cumplan con una serie requisitos.

¿Quién se puede beneficiar del Bono Alquiler Joven?

Esta prestación de la comunidad madrileña está dirigida a personas con nacionalidad española o residencia legan en nuestro país que tengan edades comprendidas entre los 18 y los 35 años y con contrato de alquiler, conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos, de cesión de uso o de habitación. Además, la vivienda debe ser residencia habitual y permanente. También está entre las exigencias que la persona que vaya a recibir la ayuda no sea propietario ni usufructuario de otra vivienda en España, salvo determinadas excepciones, y no tener relación con el arrendador por parentesco, afinidad, pareja legal ni sociedad. A todo esto, añadir que no se puede incumplir la normativa general de subvenciones.

Los requisitos también se dirigen a los ingresos, con un límite de hasta tres veces el IPREM, y el coste del alquiler, que no puede superar los 600 euros en vivienda o 300 en habitación, salvo aquellos inmuebles en los que se permite 900 y 450 euros respectivamente.

Por tanto, las claves son las siguientes:

  • Cuantía mensual de la ayuda: hasta un máximo de 250 euros.
  • Duración máxima de 24 meses.
  • Límite del alquiler general: vivienda, 600 euros al mes; habitación, 300 euros al mes.
  • Límite en municipios con tope superior: vivienda, 900 euros al mes; habitación, 450 euros al mes.

En el tope superior están Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Aranjuez, Arganda del Rey, Boadilla del Monte, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Coslada, Fuenlabrada, Getafe, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Móstoles, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas Vaciamadrid, San Sebastián de los Reyes, Torrejón de Ardoz, Tres Cantos y Villaviciosa de Odón.

El plazo, que se abrió a primeros del pasado mes de febrero, permanece todavía activo y lo hará hasta agotar los fondos destinados al mismo.

Así se solicita el Bono Alquiler Joven

La solicitud puede hacerse de manera online a través de la web de la Comunidad de Madrid o de forma presencial en el Registro de la Consejería de Vivienda, Transporte e Infraestructuras de Madrid, siempre con cita previa. La documentación que se exige es la siguiente:

  • Copia del contrato de alquiler o de la cesión de uso.
  • Volante o certificado de empadronamiento colectivo o familiar.
  • Copa del permiso de residencia de larga duración o temporal, si eres extranjero o comunitario.
  • Justificante de pagos de alquiler.
  • Certificado de vida laboral con al menos tres meses de antigüedad.
  • Si cobras renta mínima de inserción o prestaciones de la Seguridad Social, certificado del organismo pagador con la cuantía anual del último ejercicio fiscal.
  • Certificado de la Administración de origen por cuantías y mensualidades reconocidas del Bono de Alquiler Joven.
  • Nota de Localización del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, de titularidades del solicitante y de las personas mayores de edad empadronadas.

Además, se debe autorizar a la Comunidad de Madrid a consultar la Declaración del IRPF o el Certificado de Imputaciones de Rentas de la AEAT y la vida laboral.

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