Desde el Ayuntamiento de Arganda del Rey, Madrid, se ha aprobado la convocatoria de ayudas sociales extraordinarias para este 2025, que está dirigida a aquellos vecinos del municipio con escaso nivel de renta para poder colaborar en los gastos de su vivienda habitual. Con esta medida se pretende aliviar la difícil situación económica de muchas familia debido al incremento del coste de vida. Para poder solicitarla habrá que acudir alguna de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que hay en la ciudad y también se puede hacer online, telefónica y correo electrónico para evitar las largas esperas.
Los requisitos para esta ayuda municipal
Entre las personas que pueden ser beneficiarias de está ayudas están aquellas empadronadas en Arganda que sean titulares catastrales en 2025 de un inmueble de uso residencial que constituya su vivienda habitual, siempre que cumplan los requisitos de la convocatoria y no estén incursas en las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones ni tengan subvenciones municipales pendientes de justificar.
Además, se debe cumplir con lo siguiente:
- La vivienda debe tener un valor catastral en este 2025 igual o inferior a 250.000 euros.
- El solicitante no puede ser titular de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otra vivienda dentro o fuera de España.
- La renta per cápita de la unidad familiar debe ser igual o inferior a 24.864 euros brutos y se exige estar al corriente de las obligaciones tributarias con el consistorio en la fecha de solicitud.
De forma específica, la vivienda debe tener un valor catastral en 2025 igual o inferior a 250.000 euros, el solicitante no puede ser titular de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otra vivienda dentro o fuera de España, la renta per cápita de la unidad familiar debe ser igual o inferior a 24.864,00 euros brutos anuales y se exige estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento en la fecha de solicitud.
Así se calcula la cuantía de la ayuda
Para conocer la cantidad que se va a percibir hay que calcularla aplicando el 0,1% al valor catastral del inmueble, con un máximo de 120 euros por vivienda. En caso de varios titulares, cualquiera puede solicitarla y, si lo hacen varios, se prorratea según la cuota de propiedad. Esta prestación es incompatible con otros beneficios fiscales sobre la vivienda, salvo el descuento del 5% por domiciliación bancaria del recibo.
La presentación de las solicitudes
El plazo para presentar la documentación y solicitar la ayuda será de 15 días naturales desde que se haya hecho la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. La documentación a presentar es la siguiente:
- Solicitud según el modelo oficial disponible en las Oficinas de Atención al Ciudadano o en la página web del Ayuntamiento de Arganda del Rey.
- Ficha de Terceros modelo 930-1-16 cumplimentada, acompañada de libreta, cheque, certificado, extracto u otro documento bancario que acredite que el solicitante es titular de la cuenta IBAN indicada.
- Documento acreditativo de la situación legal de desempleo, con indicación de la antigüedad en su caso.
- Certificado de defunción y justificante del nuevo propietario de la vivienda, si el fallecido fuese el titular catastral.
- Sentencia firme o convenio que acredite la nueva unidad familiar en situaciones de separación o divorcio.
- Resolución de dictamen técnico que acredita grao de discapacidad o dependencia, cuando proceda.
- Certificado del Ministerio del Interior en caso de víctimas de terrorismo.