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Buenas noticias para los trabajadores: tu empresa está obligada a darte una cesta de Navidad en estos supuestos

por Antonio Ruiz
19 de diciembre de 2025
Buenas noticias para los trabajadores: tu empresa está obligada a darte una cesta de Navidad en estos supuestos.

Buenas noticias para los trabajadores: tu empresa está obligada a darte una cesta de Navidad en estos supuestos.

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Una vez llega el mes de diciembre y conforme se acerca la campaña navideña, un buen número de empresas entregan a sus empleados la cesta de Navidad. Muchos son los trabajadores que se hacen la pregunta de si la misma es una obligación o no de la empresa. Y la respuesta, de acuerdo a lo que dicen los expertos, es que depende de cómo actúe la empresa y de lo que haya pactado con sus trabajadores. Es decir, si la empresa viene entregándola todos los años, puede consolidarse como derecho adquirido. Otra opción es que está regulada por escrito y considerarse salario en especie que incluso debe aparecer en la nómina de diciembre.

Sobre la obligatoriedad o no, lo primero que hay que tener claro es que si una empresa nunca ha entregado cesta o lotes de Navidad y no lo tiene recogido en ningún convenio o acuerdo laboral, no está obligada a empezar a darlos a su plantilla. Pero la situación es diferente si se viene entregando cada año, para dejar de hacerlo lo tendrá más difícil porque se detalle puede hacer que acabe convirtiéndose en una condición más de la relación laboral.

Para diferenciar entre regalo o derecho del trabajador hay que ver si está regulado por escrito o si se ha consolidado por uso y la costumbre a lo largo del tiempo. Fuera de estos supuestos, la cesta se entiende como un gesto voluntario de la empresa, que puede mantenerlo o no según sus decisiones internas.

Así se regula la cesta de Navidad en convenios y acuerdos

Las condiciones de la cesta de Navidad pueden quedar reflejadas en el convenio o en otro tipo de acuerdos colectivos. En algunos casos es posible que incluso se fije el valor económico que debe tener la cesta y la forma en la que actualizará, por ejemplo en relación al IPC.

Es importante que todo esto figure por escrito porque si está regulado, el lote se convierte en una obligación clara para la empresa y queda definido qué se entrega, en qué cuantía aproximada y cómo se revisará.

De este modo, tanto la plantilla como la dirección de la empresa conocen de antemano el contenido del lote de Navidad y sus características económicas, evitando discusiones cada año por las mismas fechas.

Un derecho adquirido

Desde los sindicatos se recuerda que este tipo de lotes que te regalan por Navidad (o no…) puede ser considerado como un derecho adquirido por el empleado aunque no aparezca en ningún documento oficial. Esto ocurre en aquellos casos en los que la empresa ha ido manteniendo la entrega año tras año de manera regular, hasta el punto que ha dejado de ser una mera cortesía.

No hay un acuerdo sobre cuántos años son necesarios para que se considere un derecho adquirido, pero algunos expertos creen que si la empresa lo ha hecho durante cinco años “ya se puede considerar un derecho”. Si, por el contrario, se ha dado durante dos años porque a la empresa le ha ido bien en ese tiempo, se entiende como una liberalidad, un premio puntual que no obliga ni genera por sí mismo un derecho consolidado.

Por tanto, cuanto más se prolonga en el tiempo la entrega del lote, más opciones hay de que se pueda reclamar como un elemento más de las condiciones laborales.

Un salario en especie

Otro aspecto clase es que la cesta, en algunas ocasiones, se considera como salario en especie. Para hacerlo correctamente debe quedar reflejado en la nómina de diciembre y tributar, ya que “una cesta de Navidad, además de un derecho adquirido, tiene un coste económico que se incorpora al salario”.

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