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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) comunicó que los consumidores pueden solicitar en los tribunales la devolución íntegra de todos los importes pagados de más por las cláusulas abusivas de una hipoteca. Incluso si en su día solo se les devolvió una parte o aunque el consumidor afectado no haya presentado un recurso.
Cuatro sentencias diferentes
El TJUE emitió cuatro sentencias diferentes relativas a cláusulas abusivas. En las que, en general, confirmó que los procedimientos nacionales no deben ser un obstáculo para proteger los derechos del consumidor y que los jueces nacionales deben apreciar de oficio el carácter abusivo.
En mayo de 2013 el Tribunal Supremo reconoció la abusividad de las cláusulas suelo. Pero limitó su restitución al momento en el que se publicó la sentencia. A finales de 2016, Europa dictaminó que ese límite temporal no podía llevarse a cabo, así que el banco debía pagar al consumidor todo lo cobrado de más desde el mismo momento de la contratación del préstamo.
Pero las personas que ya habían reclamado y tenían una resolución firme entre 2013 y 2016, o aquellas con un procedimiento actualmente abierto, quedaron en una especie de ‘limbo jurídico’ del que ahora podrían salir si el Supremo acoge la sentencia europea.
Actuar «de oficio»
Habría miles de afectados que podrían reclamar la devolución de lo pagado de más antes de 2013. Incluso si no existe recurso, el TJUE establece que los jueces deben actuar «de oficio» frente a las limitaciones que consideran que actualmente existen en los «principios procesales nacionales».
Sobre todo cuando «la falta de impugnación de esa limitación en el tiempo por el consumidor afectado no puede imputarse a una pasividad total» del mismo. Es decir, Europa deja claro que muchos clientes no llevaron más allá sus reclamaciones no por una cuestión de pasividad, sino porque resultaba imposible obtener la razón con la jurisprudencia del momento.
Un 97 % de sentencias condenatorias para la banca
Toda la gente que quedó por el camino con una sentencia en firme y que ya no pudo verse beneficiada por la nueva interpretación del TJUE en 2016 podrá ahora recuperar lo que pagó de más. Los jueces españoles han dictado ya más de 300.000 sentencias sobre estas cláusulas abusivas, un 97 % condenatorias para la banca. «Por vía extrajudicial se han presentado más de un millón de reclamaciones».
Más allá de las nueva vía de reclamación abierta, el documento del TJUE ha puesto en evidencia los fallos que estos años han formado parte de la jurisprudencia española.
Así que ahora hay que esperar al pronunciamiento del Tribunal Supremo para saber cómo aplica el criterio europeo.