Aprobado el Estatuto del Becario que pone fin a las prácticas abusivas


En su disposición adicional segunda, la Reforma Laboral recogía la necesidad de convocar en un plazo de seis meses desde su entrada en vigor las negociaciones para el Estatuto del Becario. Así que, sin más dilación, el Ministerio de Trabajo se puso a modificar el RD 592/2014 por el que se regulan las prácticas académicas externas. Una normativa que desde el Gobierno consideran insuficiente ya que, hasta el momento, no ha servido para evitar las malas prácticas. En este artículo, explicamos cuáles son las claves del nuevo acuerdo.

Esta reforma plantea múltiples cambios que buscan igualar los derechos de los becarios a los de los trabajadores.

Resumen del Estatuto, que concierne tanto a empresas como a becarios/as

  • Los/as becarios/as no podrán hacer prácticas por la noche ni a turnos. Salvo casos excepcionales, como que justo la formación prevista no pueda desarrollarse en otros horarios por la naturaleza de la actividad.
  • Estará también prohibido dedicarle horas extra al puesto una vez se haya superado el tiempo establecido previsto para el día, la semana o el mes correspondiente.
  • Se acaba con las prácticas extracurriculares. Tampoco podrán hacer prácticas si no es mediante convenio con la universidad o el centro de formación profesional y, en ningún caso, podrán superar el 20% de la plantilla total de la empresa, dos compañeros en prácticas si son empresas de entre 11 y 30 asalariados. Y tres si se trata de una compañía de entre 31 y 59 empleados. “Poniendo límite al número de alumnos por número de plantilla, se acabará con modelos de empresas que tenían hasta un 70-80% de integrantes becarios”. Muchas de las extracurriculares que se ofrecían eran en realidad un contrato formativo por la responsabilidad y las tareas desarrolladas. Pero como existía una opción con menos derechos y costes, se utilizaba.
  • Los becarios tendrán los mismos derechos que el resto de los trabajadores de la empresa y deberán respetar sus descansos, incluyendo los días festivos y las vacaciones que les correspondan, y tendrán derecho a cobrar una prestación por desempleo, además, todos cotizarán en la Seguridad Social, sumarán para su futura jubilación.
  • Se introduce que haya vigilancia de la salud de las personas jóvenes y que haya posibilidad de reconocimiento médico, aunque este sea voluntario.
  • La empresa pagará dietas: gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención. Aunque, la empresa estará exenta de hacer esos pagos si existen otras becas o ayudas. Tampoco deberá pagar esos gastos si se pone a disposición del becario/a todos los servicios necesarios, o en el supuesto de que la remuneración de la práctica sea «suficiente» para cubrirlos.
  • Tutorización de las prácticas: los/as becarios/as deben tener una tutorización adecuada. Cada tutor solo podrá tener a 5 personas en formación a su cargo (tres en el caso de empresas de menos de 30 personas en plantilla.
  • Derecho a que se respeten los límites y descansos, incluidos días festivos y vacaciones.
  • Se fijaría un periodo de transición de tres años para que las empresas se adapten, esto es, hasta 2025. Pero para el caso de aquellas carreras que en su programa sí recojan prácticas curriculares, ese plazo se reduce a un año.

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Una medida importante

Una medida importante y que ayudará a acabar con la precariedad y la inestabilidad de los jóvenes, teniendo en cuenta que, hasta ahora, España se situaba como el país de la Unión Europea donde es más frecuente que los jóvenes con estudios acabados terminen en prácticas. Y se coloca, además, como el país que peor paga a sus becarios: el 70% de ellos llegaba a asegurar que el dinero recibido era “insuficiente” para vivir.