¿Qué se considera victima de violencia de genero, o de violencia domestica?
Se considera víctima de violencia de género la mujer que es o ha sido objeto de actos de violencia física o psicológica, agresiones a la libertad sexual, amenazas, coacción o privación de libertad ejercida por su cónyuge, ex cónyuge, pareja de hecho o ex pareja, aunque no hubieran convivido.
Es víctima de violencia doméstica, el varón que sufra violencia ejercida por su cónyuge, ex cónyuge, pareja o ex pareja, padres o hijos y la mujer que sufra violencia ejercida por sus padres o hijos.
¿Qué ayuda puedo solicitar?
Si eres víctima de violencia de género o doméstica puedes acceder al programa de Renta Activa de Inserción de apoyo a la integración laboral de colectivos con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica.
- Conlleva el pago de una renta mensual y ayudas suplementarias en determinados supuestos.
- Se gestiona por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) con la colaboración de los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.
Acceda a los requisitos de esta ayuda desde aquí: Renta Activa de Inserción.
Puede presentar la solicitud a través de:
- La sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
Puedes obtener más información en el teléfono de atención al ciudadanía.