[tie_list type=»checklist»]
- Si quieres estar al día síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
- El SEPE estrena el nuevo teléfono de atención al público, de pago
- Estos son los cursos de formación online y gratuitos más demandados del SEPE
- Estas son las prestaciones y subsidios que pueden solicitarse al SEPE si no tienes empleo
[/tie_list]
Esta es una de las preguntas más recurrentes por las personas que han solicitado su prestación. Es por eso que en este artículo vamos a dar respuesta a esta cuestión.
¿Cómo saber si me han aprobado el paro?
Una vez presentada tu solicitud, podrás saber si te la han aprobado a través de las siguientes vías:
- En la web del SEPE: iniciando sesión con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve con usuario y contraseña.
- En su nuevo servicio de atención telefónica
- En la oficina del SEPE donde se presentó la solicitud, con cita previa.
¿Qué plazo tiene el SEPE para contestar a mi solicitud de paro?
El SEPE debe resolver la solicitud en el plazo de los 15 días siguientes a la fecha en que la entregó y enviarle la notificación en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que haya dictado dicha resolución.
Si pasados tres meses desde que presentaste la solicitud de la prestación, no has recibido respuesta a dicha solicitud, esta se considerará desestimada por silencio administrativo, por lo que ya podrías interponer reclamación previa a la vía judicial.
Si quieres recibir mas artículos como este, síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución?
Es posible presentar una reclamación previa a la vía judicial. Dicha reclamación deberá hacerse en un periodo de 30 días desde la notificación de la resolución sobre la prestación solicitada si fuese expresa o de tres meses desde que presentó la solicitud sin haber recibido la notificación de la resolución.
En consecuencia, el SEPE tendrá cuarenta y cinco días para contestar a la resolución. Si pasa el plazo sin que se produzca resolución expresa, se entenderá desestimada la reclamación por silencio administrativo.
En este caso, podrás poner una demanda ante el Juzgado de lo Social durante los treinta días siguientes desde el que se entienda denegada tu reclamación por silencio administrativo.