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¿Sabías que existe un complemento a la pensión para mujeres jubiladas?
El Ministerio De Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha sustituido el complemento de maternidad por otro nuevo vinculado además a la paternidad. Que tiene como objetivo reducir la brecha de genero en cuanto se refiere a las pensiones.
Objetivo reducir la brecha de genero
Esta prestación va dirigida a las personas que acrediten un perjuicio en su carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo. Dicho complemento también lo pueden solicitar los padres, pero esta pensado especialmente para las mujeres, ya que son ellas las que más impacto tienen a nivel laboral por el hecho de tener descendencia.
Esta prestación complementa las pensiones contributivas de viudedad, jubilación o Incapacidad Permanente reconocidas desde febrero de 2021 y se tramita junto con la solicitud de la pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
A quién va dirigido
Como se detallaba anteriormente, este complemento está destinado principalmente a las mujeres por la brecha de género existente. En el caso de que ninguno de los progenitores se vea afectado en su vida laboral, «el complemento se adjudicará a la madre».
Si son dos mujeres, se otorgará «a la que tenga la pensión con un importe inferior». Si los dos progenitores son hombres, podrán pedirlo siempre que cumplan los requisitos y se concederá al que perciba una menor cuantía en su pensión.
Entonces, ¿en qué supuestos pueden solicitarlo los hombres? La Seguridad Social detalla las siguientes circunstancias:
- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor
por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a
percibir pensión de orfandad. - Causar una pensión de jubilación o incapacidad permanente y haber
interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.
Este complemento, que sustituye al de maternidad, se actualiza de acuerdo con la revalorización de las pensiones, pero «no tiene la consideración de ingreso o rendimiento de trabajo a estos efectos». Por otro lado, está dirigido a las pensiones contributivas, por lo que aquellas personas que reciban una no contributiva, no podrán solicitarlo.
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Cuantía de esta ayuda
La cuantía del complemento se fija en la correspondiente ley de presupuestos generales del Estado de cada año.
En el año 2023, el importe es de 30,40 € mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. Siendo la cuantía máxima de 1.702,40 euros, en el caso de tener cuatro hijos o mas.
El complemento no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima.
Cómo pedir la ayuda, paso a paso
Para solicitar esta ayuda hay que disponer de cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, para poder hacerlo a través del portal Tu Seguridad Social. Igualmente, quienes no dispongan de estos modos de acceso, está disponible la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social.
Concretamente se debe rellenar el apartado 3.2 de la solicitud llamado «Datos para el complemento de beneficio por cuidado de hijos/adoptados o acogidos y del complemento para la reducción de la brecha de género/complemento por maternidad» y marcar la casilla «Solicita el complemento para la reducción para la brecha de género/complemento por maternidad».
En caso de duda, se puede llamar al 901 166565 o al 915421176, las líneas de atención telefónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social, o acudir a hacerlo presencialmente, para lo que hay que pedir cita previa.