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Desde el 15 de febrero de 2023, muchas familias y ciudadanos de este país han solicitado la nueva ayuda de 200 euros del gobierno. Para ello debemos cumplir una serie de requisitos, aunque también nos podemos encontrar con algunos inconvenientes posteriores que no hemos tenido en consideración.
Debemos tener en cuenta que hay muchas familias y ciudadanos que en estos momentos se encuentran en una situación un tanto delicada por diversas razones. Las tasas de paro son elevadas y además encontrar trabajo cada vez es más complicado. A todo ello le podemos sumar que los precios de productos básicos cada vez son más elevados y están lejos de lo que muchos pueden permitirse. De ahí que se apruebe esta ayuda económica.
Por tanto y con el fin de proteger a parte de los ciudadanos en nuestro país, haciendo un especial énfasis en los más vulnerables, el lanzamiento de un el nuevo abono extraordinario.
Esta ayuda se compone de un total de 200 euros que se pudo empezar a solicitar desde el 15 de febrero de 2023. Cabe mencionar que tenemos la posibilidad de llevar a cabo esta solicitud hasta el próximo día 31 de marzo de 2023.
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¿Cuáles son los inconvenientes de esta ayuda?
Para acceder a dicha ayuda tenemos que cumplir una serie de requisitos indispensables como no haber superado unos ingresos íntegros de 27.000 euros en el pasado año. A su vez debemos tener un patrimonio inferior a 75.000 euros, donde no entra en juego nuestra vivienda habitual.
Si pensáis que sois candidatos para recibir este bono social, podréis llevarlo a cabo a través de la página correspondiente a la web oficial de la Agencia Tributaria.
¿Qué debemos tener en cuenta?
Lo primero que debemos saber es que este bono, si finalmente lo recibimos, tendremos que declararlo en la declaración de Hacienda del próximo año. Básicamente esto quiere decir que esos 200 euros tributarán como ganancias en nuestra declaración de la renta de 2024.
Por otro lado, la exclusión de esta ayuda para aquellos que ahora estén cobrando una pensión o el ingreso mínimo vital.
En el supuesto de que en un principio no cumplamos con los requisitos, tenemos un mes para presentar las correspondientes alegaciones, de lo contrario perderemos la oportunidad.