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Los servicios sanitarios públicos es uno de los derechos comprendidos dentro de la Seguridad Social, aunque puede haber casos excepcionales que den pie a posibles confusiones. Por este motivo, desde el perfil oficial de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, han lanzado un mensaje dirigido a padres y madres de personas menores de 26 años que, después de que sus hijos e hijas hayan obtenido un alta individual para los servicios sanitarios en su respectivo trabajo, quieren volver a enmarcarse dentro del alta conjunta una vez dejan de trabajar y vuelven a estar a cargo de sus progenitores.
La Seguridad Social siempre garantiza el derecho a beneficiarse de los servicios públicos de Sanidad. La única diferencia que se presenta en unos casos y otros es si el hijo/a aparece como beneficiaria o titular, es decir, si está integrada dentro de una alta conjunta o esta es individual.
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Un proceso presencial o telemático
En caso de dejar de trabajar después de haberse ‘independizado’ de esta modalidad familiar, aquellas personas menores de 26 años que vuelvan a estar a cargo de sus progenitores pueden solicitar volver a ser beneficiarios de los mismos mediante una serie de trámites. Tal como explica la Seguridad Social, este proceso puede llevarse a cabo tanto presencial como telemáticamente.
Para aquellas personas usuarias que quieran enviar su solicitud desde casa, solamente tienen que acceder a la pestaña ‘Tu Seguridad Social’ de la sede electrónica de dicho sistema. Una vez allí, deben identificarse por medio de un certificado digital, Cl@ve Pin o DNI electrónico y, a continuación, clicar sobre la opción ‘Volver a incluir a un beneficiario anterior’. Asimismo, se puede comprobar el estado en el que se encuentra la persona solicitante a través de la herramienta ‘Asistencia Sanitaria Pública: comprobación del derecho’.