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Según las estimaciones de AIReF, el Ingreso Minimo Vital (IMV) “podría llegar, como máximo, al 50% de los hogares pobres”, definidos como aquellos cuyas rentas se encuentran por debajo del 40% de la renta mediana equivalente. Pero ¿Qué es lo que está sucediendo con esta ayuda estatal y por qué sólo ha llegado a 284.000 hogares?
¿Qué es el Ingreso Minimo Vital (IMV)?
Según define en su portal web el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Ingreso Minimo Vital (IMV) “es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia». Las cuales carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.
Sin embargo, no todas las familias que se encuentran en riesgo de pobreza o exclusión social están pudiendo acceder a esta prestación estatal. Algunos por falta de información, otros porque, pese a ser potenciales beneficiarios, ven cómo su solicitud es rechazada por no cumplir con alguno de los requisitos exigidos.
Estancamiento del IMV
Según datos facilitados por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), a diciembre de 2022, “seguía habiendo el mismo número de beneficiarios de IMV que el año anterior”. Es decir, “algunos hallazgos evidencian cierto grado de estancamiento en el último año de los resultados de la prestación”.
En palabras de AIReF, de los 800.000 hogares que podrían percibir esta prestación, a finales de 2022 sólo 284.000 resultaban beneficiarios de la misma. Es decir, cerca del 60% de los hogares potencialmente beneficiarios del IMV no están disfrutando de esta ayuda.
Según los expertos de AIReF, un factor que podría explicar este estancamiento del IMV sería “que el trasvase de hogares beneficiarios de las rentas mínimas autonómicas al IMV sea limitado”. Sin embargo, la escasa calidad de los datos sobre los beneficiarios y el gasto de las rentas mínimas autonómicas impiden realizar los análisis pertinentes para conocer su evolución. Es decir, el Ministerio dirigido por José Luis Escrivá no estaría proporcionando datos de la mejor forma.
Las solicitudes aumentan, pero la mayoría son denegadas
Según los datos facilitados por la AIReF, en 2022, las solicitudes del IMV aumentaron un 60% con respecto a 2021. El total recibido cada mes fue superior al del año anterior. Esto, “se explica, en parte, por el nuevo complemento a la infancia, que se tramita a través de una única solicitud conjunta con el Ingreso Mínimo Vital”. A pesar de este incremento, “Se observan tiempos medios de resolución de cerca de 120 días”. Es decir, desde que se solicita la prestación, pueden llegar a pasar hasta cuatro meses
Sin embargo, un factor clave por el que se habría producido un estancamiento del Ingreso Mínimo Vital es la tasa de denegaciones. Según AIReF, de las solicitudes que se presentaron entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, sólo el 31,4% fueron aprobadas. El 69% de las solicitudes resueltas en 2022 se denegaron. Dentro de las denegadas o inadmitidas, el 1,5% de las solicitudes presentadas en 2022 quedaron suspendidas temporalmente y el 13% figuran como denegadas de forma provisional.
Principal motivo de la denegación
La renta de los solicitantes, explicaron los expertos de AIReF, ha sido el principal motivo por el que se han denegado las solicitudes, con un 32% de los expedientes denegados. A la renta le sigue el empadronamiento, que supuso el 19% de las denegaciones. Dentro de los expedientes denegados por renta . “la superación del umbral en 2022 es mayor a la que se observaba en 2021”. De hecho, el exceso medio en 2022 superó los 7.800 euros, mientras que en 2021 se quedó en los 5.400 euros.
“La Ley del IMV establece un nuevo requisito para el acceso a la prestación. Ahora, el valor de los activos no societarios sin vivienda habitual del hogar tiene que encontrarse por debajo de los umbrales fijados”. El 13% de las solicitudes presentadas y denegadas en 2022 se basaron en esta nueva prueba de activos. También ha aumentado la presentación de documentación incompleta.
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El peligro de que algunos autónomos se vean obligados a devolver el IMV
Para acceder y mantener el derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital, es necesario cumplir con el requisito de vulnerabilidad económica. Recogido en los artículos 11 y 13 de la ley por la que se establece el IMV.
Por ello, en la mayoría de los casos, el conjunto de rentas e ingresos obtenidos durante el ejercicio anterior al disfrute de la prestación se consideran relevantes para validar el cumplimiento de dicho requisito.
Sin embargo, explicaron de la AIReF, “los datos definitivos sobre renta y patrimonio del ejercicio anterior no se encuentran disponibles hasta bastante avanzado el año en curso, y siempre una vez finaliza la campaña de renta, lo que genera revisiones de las nóminas percibidas de IMV por parte de los beneficiarios”.
Es decir, hasta el último trimestre del año, Seguridad Social no puede llevar a cabo el cruce de datos con los ficheros de la Agencia Tributaria para verificar el cumplimiento de los requisitos de rentas y patrimonio. “Es en ese momento cuando se inicia el procedimiento de ajuste y reclamación de los importes de la prestación». Se dará de baja la prestación cuando los importes de renta sean superiores a los límites establecidos.