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Casi 50.000 familias tuvieron que devolver 2.600 euros del IMV

Estas familias causaron baja en el sistema al cambiar la situación económica que tenían cuando fueron aceptados como beneficiarios del IMV


El ingreso mínimo vital (IMV) es una prestación que está generando más problemas de los previstos, sobre todo por la gestión de la misma. Más allá de que esta ayuda está llegando solo al 35% de los hogares que podrían beneficiarse de ella -un total de 284.000 hogares de los cerca de 800.000 que podrían percibirlo- son casi 50.000 las familias que estuvieron cobrando la prestación por error durante el año pasado y a las que una vez revisada su renta anual, les toca devolver de media 2.600 euros.

Muchos hogares obligados a devolver el IMV

En concreto, 47.932 hogares que cobraron esta renta básica en 2022 tuvieron que devolver el dinero recibido porque causaron baja en el sistema al cambiar la situación económica que tenían cuando los aceptaron como beneficiarios del IMV. En total son el 16% de todos los que recibieron la ayuda el año pasado, en la mayoría de los casos por tener rentas superiores a los límites establecidos, según los datos difundidos por la Autoridad Fiscal (Airef) a través de las cifras del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

Al causar baja en el sistema, los hogares afectados tuvieron que devolver las cuantías ingresadas erróneamente en sus cuentas durante varios meses. ¿Cuánto dinero tuvieron que devolver a la Seguridad Social? Entre 1.416 y 3.930 euros, según datos facilitados por la Airef. De media, 2.600 euros para hogares en situaciones económicas complicadas.

Una revisión anual para gestionar el IMV

Es más, si se analizan los tipos de hogares que causaron baja en el sistema se observa que la mayoría son familias con hijos. En concreto, los datos indican que solo fueron 14.000 los hogares compuestos por adultos los que tuvieron que devolver las cuantías percibidas el año anterior. Mientras que los hogares con niños a cargo suman 34.000. De ellos, 26.280 son familias formadas por dos adultos y sus hijos. Sin embargo, 7.600 eran familias monoparentales, es decir, solo un padre o una madre con niños a su cargo.

Todo esto debido a que solo se realiza una revisión anual para gestionar el IMV con la información de renta de cada solicitante. Algo que ha generado que el 67% de los beneficiarios vieran revisado el importe de su prestación (al alza o a la baja) y el 16% se les expulsara de la prestación y se les pidiera estas cantidades a devolver.

La gestión del IMV funciona de forma similar a la declaración de la Renta, ajustando a año vencido. Esto se debe a que los datos fiscales de renta de los ciudadanos no están disponibles hasta que finaliza la campaña de la Renta y es en ese momento cuando se pueden revisar las cuantías percibidas en base a la renta real de cada familia el año anterior. Además, los que estaban percibiendo más de lo que debían eran casi 82.000 hogares, que han tenido que devolver de media 1.000 euros cada uno.

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¿Es obligatorio devolverlo?

La ley que regula el ingreso mínimo vital (IMV) establece que el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) puede revisar de oficio la prestación. Si se acuerda la extinción o la modificación de la cuantía, los beneficiarios son obligados a reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.

Sin embargo, el real decreto del 27 de diciembre de medidas en respuesta a las consecuencias económicas de la guerra de Ucrania incluye una ayuda para las familias que tengan que devolver parte de los importes del IMV. De esta forma, el Gobierno exime de estas devoluciones si la cantidad a reintegrar no supera el 65% de la cuantía mensual de una pensión no contributiva (unos 315 euros) y la unidad de convivencia debe tener al menos un menor de edad.

La Airef reconoce que la falta de personal de la Seguridad Social está lastrando mucho los plazos de devolución. Tanto que la mayoría de las familias no han llevado a cabo el solicitado reintegro.

Cuando se detecta un pago indebido a una familia por un error en el cálculo del IMV se inicia un procedimiento ejecutivo. Pero no hay una duración concreta de en cuánto tiempo puede realizar la devolución.

La Seguridad Social establece que si la deuda no se devuelve dentro del plazo de pago voluntario, «se aplicarán los recargos correspondientes y se devengarán las penalizaciones por mora». Es más, el ministerio puede acordar la compensación de la deuda con la retención de un determinado porcentaje de las siguientes mensualidades del ingreso mínimo en lugar de un reintegro único.

Tania Esquer Bru

Trabajadora Social
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