El problema del despido verbal es una situación que genera gran incertidumbre, ya que el trabajador no cuenta con ninguna comunicación formal de su despido, ni de los motivos del mismo ni siquiera de la fecha de efectos.
En este artículo, te voy a explicar si es o no legal el despido verbal y cómo debes actuar en el caso de que tu empresa te despida de forma verbal.
¿Un despido puede ser verbal?
Cuando se produce un despido verbal es importante que como trabajador actúes de forma rápida y firme.
Tienes que demostrar que alguien responsable de tu empresa te ha despedido, aunque no te haya dado la carta de despido ni ningún otro documento.
Pero es importante que sepas algo: el despido verbal es improcedente. Y esto es así porque el despido debe notificarse por escrito al trabajador, indicando los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos.
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¿Qué hacer en caso de que nos despidan de forma verbal?
Enviar ese mismo día un burofax la empresa
En este burofax comunicarás, que la empresa te ha comunicado, ese mismo día, de manera verbal tu despido, sin entregar documentación alguna que especifique ni los motivos ni la fecha de efectos de este y sin haberte pagado tu liquidación, por lo cual solicitas a la empresa que de manera formal y por escrito te comunique si se ratifica o no en dicho despido.
Esperar a recibir respuesta por parte de la empresa
En este punto es importante destacar que el burofax que envíes a la empresa especifique el plazo de que dispone para contestar. Mi consejo es que le des un plazo máximo de 48 horas.
Si la empresa no responde al burofax es momento de ejercitar acciones legales
Acude a un abogado experto en Derecho Laboral especialista en despidos para que redacte la correspondiente papeleta de conciliación. Este trámite hay que hacerlo antes de que hayan transcurrido 20 días hábiles desde que te comunicaron verbalmente el despido.
Presentada la papeleta de conciliación, te citarán a ti y a la empresa a un acto de conciliación, para intentar que se produzca un acuerdo que beneficie a ambas partes.
Si celebrado el acto de conciliación no se hubiera alcanzado ningún acuerdo, o la empresa simplemente no hubiera acudido (que puede pasar), entonces tendrías que interponer demanda por despido ante los juzgados de lo Social.