La jubilación es una etapa de la vida en la que se producen cambios importantes, también a nivel fiscal. Los jubilados están exentos de pagar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si su pensión no supera los 12.900 euros anuales.
Venta de la vivienda habitual exenta de impuestos
Los jubilados mayores de 65 años están exentos de pagar impuestos por la ganancia patrimonial obtenida en la venta de su vivienda habitual. Esta exención se aplica tanto si la vivienda se vende a cambio de un capital como si se vende a cambio de una renta, temporal o vitalicia.
Renta vitalicia: una opción para pagar menos impuestos
Los jubilados mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual pueden optar por constituir una renta vitalicia con el importe obtenido. En este caso, estarán exentos de pagar impuestos por la ganancia patrimonial obtenida.
Bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Los jubilados pueden beneficiarse de bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en función del Ayuntamiento en el que residan. En algunos municipios, la bonificación puede alcanzar el 75%.
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Deducción por aportaciones a planes de pensiones
Los jubilados pueden deducirse hasta 1.500 euros de la declaración de la Renta por las aportaciones realizadas a planes de pensiones individuales.
Otras deducciones y bonificaciones
Los jubilados también pueden beneficiarse de otras deducciones y bonificaciones fiscales, como las siguientes:
- Bonificaciones en el alquiler
- Deducción por cuotas pagadas a los sindicatos
- Exención del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en algunas Comunidades Autónomas
- Exención del IVA en determinados bienes y servicios relacionados con la sanidad, la cultura, la educación o la vivienda
Para conocer los detalles de estas deducciones y bonificaciones, los jubilados deben consultar la normativa fiscal vigente.