Las comunidades autónomas gestionan ayudas para propietarios, arrendatarios y usufructuarios que buscan mejorar el aislamiento de sus viviendas y la climatización. Estas ayudas solo pueden aplicarse a viviendas habituales y cubren un 40% de la obra con un máximo de 3.000 euros.
Problemas de aislamiento en el hogar
Existen diversas soluciones en el mercado para mejorar el aislamiento de la casa, algunas más económicas que otras. Estas opciones no solo impiden la entrada de frío y la fuga de calor, sino que también ayudan a optimizar la climatización y a ahorrar energía. Lo que quizás no sabes es que se pueden solicitar ayudas para mejorar el aislamiento en casa.
Ayudas para la reforma
El Gobierno ha lanzado unas ayudas que permiten acceder hasta los 3.000 euros dentro del Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales. A través del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, este programa busca facilitar la realización de actuaciones a nivel particular para mejorar el aislamiento en los hogares y de esta forma contribuir en la reducción de la demanda energética.
Gestión de las ayudas
Las ayudas, que ascienden a un tope de 3.000 euros en relación a un máximo del 40% del precio de la reforma, serán gestionadas de forma individual por las Comunidades Autónomas. Estas serán las encargadas de ejecutar el reparto de las ayudas a través de convocatorias públicas mediante el procedimiento de concurrencia simple, es decir, por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos.
Solicitud de las ayudas
El interesado será el encargado de realizar la solicitud a nivel particular, datos que cada autoridad competente estudiará para conceder la ayuda, bien antes de realizar la obra o con posterioridad. El importe de la subvención será del 40% del coste de la actuación con un límite de 3.000 euros por vivienda. El coste mínimo de cada actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
Destinatarios de las ayudas
Las ayudas van dirigidas principalmente a propietarios, usufructuarios y arrendatarios de viviendas y en el texto se indica que “sólo se financiarán las actuaciones que se realicen en los domicilios habituales y permanentes de los propietarios, usufructuarios o arrendatarios, lo que podrá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento”.
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Compatibilidad de las ayudas
Estas ayudas podrán compatibilizarse con las del programa de actuaciones de rehabilitación a nivel de barrios o con las del programa de rehabilitación integral de edificios, siempre y cuando quede acreditado que no se subvenciona el mismo coste.
Justificación de las ayudas
A la hora de justificar las ayudas, además de ser destinatario último de la ejecución, las actuaciones deberán realizarse ante el órgano instructor en un plazo de tres meses desde la finalización de las obras y como justificante deberán entregar entre otras cosas una memoria de actuación que justifica el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, tanto de las actividades realizadas, de los resultados obtenidos.
Verificación de la reducción del consumo de energía
La verificación de la reducción del consumo de energía primaria no renovable y la reducción de la demanda global de calefacción y refrigeración se realizará mediante la comparación del certificado de eficiencia energética de la vivienda antes y después de la actuación. Ambos certificados deben ser realizados con el mismo programa reconocido de certificación y firmados por el técnico competente.
Plazo para la ejecución de las obras
El plazo para ejecutar las obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en las viviendas no podrá exceder de doce meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. Las actuaciones objeto de financiación deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026.
Consideraciones a tener en cuenta
En resumen, estas son las consideraciones a tener en cuenta:
- Será indispensable que las mejoras se realicen en el domicilio habitual de propietario, usufructuario o arrendatario, algo que se justificará con un certificado de empadronamiento.
- Las obras deben tener un presupuesto de al menos 1.000 euros.
- Las ayudas tendrán una cobertura del 40% de la obra, con un máximo de 3.000 euros.
- Para poder acceder a la ayuda, se ha de justificar que tras la obra se ha reducido el consumo energético en un 7%.
Solicitud de las ayudas
Para solicitar las ayudas e iniciar el proceso, puedes visitar los enlaces de cada Comunidad Autónoma.
- Andalucía
- Aragón
- Principado de Asturias
- Islas Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla y León
- Castilla-La Mancha
- Cataluña
- Ciudad de Ceuta
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- Madrid
- Ciudad de Melilla
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- Comunidad Foral de Navarra
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