Una vez que se ha entregado la solicitud del Ingreso Mínimo Vital a la Seguridad Social de cualquiera de las formas previstas, hay que esperar a que el trámite se resuelva. Si durante este periodo queremos saber cuál es el estado de nuestra solicitud de IMV, tenemos varias formas de hacerlo.
¿Cómo puedo consultar en qué estado está mi expediente de Ingreso Mínimo Vital?
La manera de consultar el estado de la solicitud dependerá de cómo se haya presentado esta solicitud:
- Para solicitudes presentadas sin certificado electrónico: Cuando envió la solicitud, recibió en su correo electrónico un número de referencia compuesto de 8 caracteres. Este número es imprescindible para hacer cualquier consulta respecto a su solicitud. Con él, puedes obtener información sobre el estado de la solicitud, obtener un justificante de esta o adjuntar documentación adicional si fuera necesario, haciendo click en “Gestiona la solicitud presentada”. La información que aparece en el servicio de la Sede se actualiza cada viernes y refleja el estado de tramitación de la solicitud que tenga ese mismo día.
- Para solicitudes presentadas con certificado digital o usuario Cl@ve, o de manera presencial: El número que te habrán facilitado es el número de Registro de Entrada de la solicitud. No sirve, de momento, para saber cuál es el estado de la solicitud. Por esta razón, para conocer el estado de las solicitudes realizadas con certificación electrónica, puedes llamar al teléfono gratuito de información de IMV (900 20 22 22) en horario de 9 a 14:30 de lunes a viernes no festivos.
Te interesa
[tie_list type=»checklist»]
- Ingreso mínimo vital y ERTE en la declaración de la Renta 2023-2024
- Estos son los desempleados que podrán cobrar el Ingreso Mínimo Vital por primera vez
- La Seguridad Social implementa el teléfono 020 para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
- Cuanto tardan en conceder el ingreso mínimo vital en 2024
[/tie_list]
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse el trámite?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social procederá a la resolución y notificación del procedimiento a la persona solicitante en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de entrada en su registro de la solicitud.
No obstante, si no se ha recibido respuesta en el plazo anteriormente indicado no es necesario reclamarla o presentar de nuevo otra solicitud, ya que su petición no se denegará por silencio administrativo al cumplimiento de los seis meses desde su presentación.
¿En qué estado puede estar mi solicitud?
Los estados que se pueden presentar a los ciudadanos son los siguientes:
- En trámite
- Pendiente de recibir o revisar la documentación complementaria solicitada
- Solicitud finalizada por falta de documentación
- Archivada por constar otra solicitud presentada
- Aprobada
- Denegada
- Inadmitida a trámite por incumplimiento del requisito de rentas y/o patrimonio
- Inadmitida a trámite por ser administrador de una sociedad
¡Síguenos en redes!
[tie_list type=»checklist»]
[/tie_list]