Si mientras percibes el subsidio por desempleo se produce la maternidad o la paternidad, continuarás percibiendo el subsidio por la misma cuantía y duración. Deberás entregar en la oficina de empleo el informe médico de la Seguridad Social para que el Servicio Público de Empleo de tu Comunidad Autónoma suspenda la demanda de empleo; por lo tanto, no tendrás que renovarla, ni serás convocado a cursos de formación u ofertas de trabajo.
Si cuando agotas el subsidio continúas en situación de maternidad o paternidad, no tendrás derecho a prestación por estas situaciones a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social.