[tie_list type=»checklist»]
- Si quieres estar al día síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
- Consejos para la búsqueda de empleo en mayores de 45 años
- Empleo en Adif: convocadas 1.451 plazas de empleo público
- Ayudas para mayores de 45 años
[/tie_list]
El SEPE dará de baja definitiva de la RAI a los parados mayores de 45 años que incumplan con estos compromisos. En este artículo lo vemos.
La Renta Activa de Inserción (RAI) es un subsidio de 480 euros mensuales que puede cobrarse durante 11 meses y con posibilidad de prórroga hasta tres veces, pero nunca seguidas. Debe haber al menos un año sin recibir la ayuda entre cada solicitud. La RAI va dirigida a todos los desempleados de larga duración que sean mayores de 45 años, las víctimas de violencia de género, discapacitados y emigrantes retornados.
Obligaciones de la RAI para los mayores de 45 años
Un subsidio extraordinario que el SEPE prevé para parados con grandes dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Y, precisamente, por ser una ayuda de último recurso y que puede cobrarse durante casi tres años, la administración impone sanciones para quienes no cumplen con obligaciones. Éstas pueden ser renovar la demanda de empleo, participar en programas de formación o buscar activamente trabajo.
Pero en este caso va más allá de una suspensión temporal del subsidio si se incumple algún compromiso. Advierte, por tanto, al desempleado que «causará baja definitiva» del programa en caso de:
- Trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo, por un periodo igual o superior a seis meses.
- Obtenga pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la RAI.
- Se obtengan ayudas sociales como víctima de violencia de género que no puedan participar en programas de empleo.
- Deje de reunir el requisito de carencia de rentas por periodo superior a seis meses o acceda a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria.
Si quieres recibir mas artículos como este, síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
Salida al extranjero
Asimismo, será penalizado si se marcha al extranjero más de seis meses. Salvo que sea para la búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional.
Por último, también se le retirará si al ingresar en prisión, su situación fuera incompatible con la realización de trabajo, o la participación en acciones de inserción laboral fuera del centro penitenciario. Siempre y cuando la privación de libertad lo sea por tiempo igual o superior a seis meses. «Las personas trabajadoras que causen baja definitiva en el programa no podrán volver a ser incorporadas al mismo, si bien podrán obtener otro derecho a la admisión al programa, cuando cumplan los requisitos exigidos», aclara el SEPE.
Al ser la RAI una ayuda extraordinaria, sólo puede solicitarse cuando se hayan agotado otras prestaciones y subsidios por desempleo. Uno de los requisitos más importantes para que los servicios públicos de empleo autoricen esta ayuda es que el desempleado no tenga ingresos propios superiores a 810 euros mensuales (el 75% del Salario Mínimo en 2023). Además, que la unidad familiar no supere el tope de rentas. Es decir, que la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar, dividida por el número de personas que la componen, no supere esos 810 euros mensuales por miembro. Es una de las condiciones que lo diferencian también del subsidio para mayores de 45 años. Ya que éste va dirigido a desempleados que superen esa edad pero que no tengan cargas familiares.
Otros requisitos a cumplir para la RAI
Además de ser parado de larga duración (llevar apuntado al paro al menos 12 meses) debe estar inscrito como demandante de empleo un año mínimo. Para este cómputo no se considera que se haya interrumpido el periodo de inscripción si se trabaja menos de 90 días. Sin embargo, la salida al extranjero sí se considera una interrupción, salvo que no supere los 15 días en determinados casos:
- Matrimonio.
- Nacimiento de un hijo.
- Fallecimiento o enfermedad grave del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
En este sentido, el SEPE puede ser especialmente estricto, ya que puede llegar a penalizar el olvido en la renovación de la demanda de empleo con la pérdida de la ayuda en esa anualidad (11 meses).