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En este artículo vamos a ver el mecanismo red de flexibilidad y estabilización del empleo, como los nuevos ERTE.
A finales del mes de febrero, el Consejo de Ministros aprobaba una prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) para hacer frente a las consecuencias económicas derivadas de la pandemia del coronavirus hasta el próximo 31 de marzo.
Una ampliación que estaba ideada para que las compañías que necesiten seguir acogidas a este mecanismo a partir del mes de abril de 2022 tengan un plazo de tiempo para poder adaptarse a la nueva estructura aprobada en la reforma laboral.
Se creará el mecanismo red de flexibilidad y estabilización del empleo
Pero, ¿Qué va a suceder? Las compañías que así lo requieran tendrán que preparar toda la documentación para pasar a partir de abril a uno de los dos mecanismos de ERTE definidos en el Real Decreto ley del 3 de febrero de 2022 sobre la nueva reforma laboral.
De esta manera, se pasará a dos tipos de ERTE: uno de fuerza mayor y otro ETOP (por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción).
A este último podrán acogerse las empresas especialmente afectadas por las medidas impuestas durante la pandemia.
Los ajustes por estas causas y aquellos por fuerza mayor tendrán nuevas condiciones. Asimismo, se creará un Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilidad. Se trata de un instrumento que permitirá a las compañías solicitar medidas para reducir la jornada laboral de los trabajadores si se producen problemas en la actividad ajenos a la empresa o para la suspensión de contratos de trabajo. Con la consiguiente estabilización del empleo.
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¿Cuáles son los cambios que trae la reforma laboral?
Con la nueva reforma aparecen modificaciones en los ERTE por causas ETOP. Como detallan los especialistas de Arrabe Asesores, la compañía podrá reducir la jornada laboral o suspender de forma temporal los contratos por causas ETOP de carácter temporal. En este sentido, las empresas que apliquen este mecanismo disfrutarán de un 20% de bonificación en las cotizaciones de las personas trabajadoras afectadas.
Por su parte, los ERTE por fuerza podrán seguir solicitándose, aunque el Covid-19 dejará de ser un motivo por el que acogerse a este mecanismo. Así, las compañías podrán solicitar este tipo de ERTE cuando experimenten importantes limitaciones a su actividad económica.
Las exoneraciones en estos casos serán del 90% y estarán relacionadas con el mantenimiento del empleo. Además, con este ERTE, las empresas podrán elegir entre disminuir la jornada laboral o suspender temporalmente el empleo, aunque deberán priorizar la reducción.
En cuanto al nuevo mecanismo RED, la empresa será la que deba solicitarlo y hay dos modalidades: sectorial y cíclica. Esta última se podrá solicitar y aplicar cuando exista una «coyuntura macroeconómica», por la que se recomiende la «adopción de instrumentos adicionales de estabilización con una duración máxima de un año», añaden desde Arrabe Asesores.
La modalidad sectorial también tendrá un plazo máximo un año, con opción de dos prórrogas de seis meses cada una. Podrán acogerse cuando «se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recalificación y de procesos de transición profesional de las personas trabajadoras».