El SMI fija la cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo, sin distinción de sexo u edad de las personas trabajadoras, sean fijos, eventuales o temporeros.
La norma jurídica en la que se regula cómo se establece el SMI es el Estatuto de los Trabajadores, boe.es
El Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente el SMI, considerando los siguientes aspectos:
- El índice de precios al consumo (IPC)
- La productividad media alcanzada.
- El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
- La coyuntura económica general.
Asimismo el SMI, en su cuantía, es inembargable.
Este año 2017, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimos Interprofesional.
- SMI diario: 23.59 €/ día
- SMI mensual: 707.70 €/mes
- SMI anual: 9.907,80 €/año.
Estas cantidades se consideran referidas a jornada legal de trabajo a tiempo completo, si se realizase a jornada parcial se calcularía en la misma proporción.
Indicador de publico de renta de efectos multiples IPREM
Otro concepto a considerar es el IPREM, indicador público de renta de efectos múltiples. Esta es la referencia que se suele aplicar para el acceso a diversas ayudas y subvenciones, tanto estatales como autonómicas.
Tales como la cuantía de la prestación por desempleo, del subsidio por desempleo, de la renta activa de inserción, de la renta agraria.
El indicador o referencia del nivel de renta, que sirva para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinados beneficios, prestaciones o servicios públicos, que sustituirá al SMI en esta función, de forma obligatoria para el caso de las normas del Estado y de forma potestativa para el caso de las comunidades autónomas, de las Ciudades de Ceuta y Melilla y de las entidades que integran la Administración local.
El IPREM se utiliza como indicador o referencia del nivel de renta que sirve para acceder a determinados beneficios, prestaciones o servicios públicos, sustituyendo al SMI en esta función, de forma obligatoria para el caso de normas del Estado y de forma potestativa para el caso de las Comunidades Autónomas.
En el 2017, el IPREM será el mismo que el del año anterior, debido a que aún no se han publicado los Presupuestos Generales del Estado, quedando establecidos en las siguientes cuantías:
- IPREM diario: 17,75 euros/día
- IPREM mensual: 532,51 euros/mes
- IPREM anual (12 pagas): 6.390,13 euros/año