Las pensiones de jubilación se clasifican como ingresos laborales para fines fiscales por la Agencia Tributaria. Por lo tanto, este tipo de pensión está sujeta al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Esto implica que los jubilados también deben presentar anualmente la Declaración de la Renta. Sin embargo, solo aquellos que no cumplen ciertas condiciones están obligados a hacerlo.
Los expertos indican que: “El pago de la pensión está sujeto a retención a cuenta y, si se superan los límites mínimos anuales de ingresos laborales exentos, el jubilado estará obligado a presentar la Declaración de la Renta”.
IRPF en la pensión de jubilación
A pesar de que un jubilado ya no está realizando ninguna actividad laboral, también deben rendir cuentas con la Agencia Tributaria. Es decir, deben presentar la Declaración de la Renta al igual que cualquier trabajador, ya que reciben ingresos sujetos al IRPF.
Sin embargo, no todos los jubilados están obligados a presentar la Declaración de la Renta. En este caso, estarán exentos aquellos que reciban ingresos inferiores a los límites anuales establecidos por Hacienda.
Si un jubilado recibe ingresos de un único pagador inferiores a 22.000 euros, no estará obligado a presentar la Declaración de la Renta en el año 2024. Cabe recordar que dicha declaración corresponde al ejercicio fiscal del año 2023.
Desde BBVA explican que “aquí se incluyen también las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y demás prestaciones públicas de jubilación, incapacidad, accidente, enfermedad, viudedad, o similares”.
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Rentas con dos o mas pagadores
Si las rentas proceden de dos o más pagadores, el mínimo a partir del cual es obligatorio presentar la Declaración de la Renta es de 15.000 euros. Eso sí, siempre que los ingresos procedentes del segundo y otros pagadores sean superiores al conjunto de 1.500 euros.
Esta normativa fiscal también se aplica para las personas que perciben una pensión contributiva de jubilación. Por tanto, deben tener en cuenta dicha medida de cara a la Campaña de la Renta 2023-2024.
Aquí encontramos uno de los cambios importantes en relación a la declaración del IRPF, ya que el límite para rendimientos de dos o más rentas hasta el presente año era de 14.000 euros.
En el caso de los jubilados con dos pagadores, podría darse al cobrar la pensión y una prestación de un plan de pensiones, por ejemplo. Las prestaciones derivadas de planes de pensiones también se consideran por la Agencia Tributaria como rendimientos del trabajo.
Los expertos indican que: “Otro caso de coexistir dos pagadores sería el supuesto de percibir una pensión pública del sistema de Seguridad Social y al mismo tiempo una prestación de Seguridad Social de un país extranjero”.
Por lo tanto, los jubilados deben conocer todos estos elementos en relación al IRPF y el límite anual de rentas para saber si están obligados a presentar la Declaración de la Renta en 2024. En caso de duda, siempre es recomendable consultar a un experto o trabajador de la Agencia Tributaria.