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El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente, en segunda lectura, la Ley de Familias que equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios, incluye tres nuevos permisos para el cuidado de un familiar o conviviente y extiende los beneficios de familias numerosas a monoparentales con dos hijos, y reconoce los diferentes tipos de familias.
El anteproyecto de ley de Familias, que fue aprobado en primera lectura el pasado mes de diciembre, a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, se aprueba ahora sin cambios sustanciales. Tras su aprobación este martes en segunda vuelta, se remitirá al Congreso de los Diputados donde se solicitará su tramitación por la vía de urgencia.
El texto se articula en torno a cuatro pilares principales:
- La ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza
- Avanzar en la garantía del derecho a la conciliación
- El pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España
- El reconocimiento y protección de los derechos de los niños y adolescentes
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Tres nuevos permisos de cuidados
Respecto a la conciliación, la ley crea tres nuevos permisos de cuidados. Esta incluye
- Un permiso retribuido de cinco días al año para atender a un familiar hasta segundo grado o un conviviente, que los trabajadores o trabajadoras podrán utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
- Otro de los nuevos permisos es el derecho a ausentarse por motivos familiares urgentes, en casos de enfermedad o accidente, hasta cuatro días también retribuidos, y que también se podría disfrutar por horas.
- Asimismo la ley incluye un permiso parental de ocho semanas, que se podrán disfrutar de forma continua o parcial, hasta que el menor cumpla ocho años; y un permiso de cuatro días por ausencia para atender a un familiar que requiera atención inmediata, que se podrá disfrutar por horas.
Pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias
Además, el texto garantiza el pleno reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en España, equiparando sus derechos. Así, se van a reconocer legalmente a las familias LGTBI, a las familias con miembros con discapacidad, a las familias múltiples, a las adoptivas, a las reconstituidas o las acogedoras, entre otras.
La ley crea un registro de parejas de hecho que podrán acceder a los distintos permisos, como los 15 días que se da por matrimonio, y reconoce el derecho a la atención temprana. De este modo, se equiparan los derechos entre matrimonios y parejas de hecho.
También genera un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI.