¿Hasta que edad se puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años?

El SEPE ha confirmado el limite de edad para cobrar esta ayuda en 2024

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha indicado la edad en la que se dejará de cobrar el subsidio para mayores de 52 años. Este subsidio, tiene actualmente una cuantía de 480 euros.

Detalles del subsidio para mayores de 52 años

El subsidio para mayores de 52 años representa los ingresos que recibirán las personas a partir de esa edad que ya han agotado el resto de prestaciones. La dificultad para incorporarse al mercado laboral junto a pocos ingresos hacen de esta ayuda un alivio para dicha situación. Este subsidio tiene una cuantía de 480 euros mensuales (80% del IPREM), y es el único que se puede cobrar tras el paro y cotiza para la pensión de jubilación.

Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años

Para acceder a este subsidio, aparte de estar en el paro, se debe haber cotizado por desempleo un mínimo de seis años a lo largo de su vida laboral. También se debe estar inscrito como demandante de empleo durante un mes a partir del día siguiente a agotar la prestación. Sin haber rechazado oferta de empleo ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en promoción, formación o reconversión profesionales.

Edad y otros condicionantes

La edad es otro de los condicionantes y se debe tener cumplidos 52 años o más a la fecha de solicitud. Si se acepta un trabajo de menos de un año durante el mes de espera, este quedará en suspenso hasta la finalización. Se debe tener cumplida la edad en la fecha del agotamiento de la prestación contributiva o tener cumplida esta edad en el momento de estar incluido en alguno de estos supuestos:

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Duración del subsidio para mayores de 52 años

La duración máxima de este subsidio para mayores de 52 años será hasta que la persona alcance la edad que le permita acceder a la pensión contributiva de jubilación. Es el único subsidio por desempleo que cotiza para la jubilación por la base mínima. En España, la edad de la jubilación está en los 65 años, siempre y cuando se tengan 38 años cotizados. Si no se llega a ese número, será de 66 años y 6 meses. El parado que se acoja a este subsidio no puede jubilarse cuando quiere, sino que debe esperar a la edad de jubilación.

Durante la percepción del subsidio para mayores de 52 años, el Servicio Público de Empleo Estatal cotizará por la contingencia de jubilación, siendo la base de cotización el 125 por cien del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.

Este subsidio no será de aplicación a los trabajadores fijos discontinuos incluidos los que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas mientras mantengan dicha condición. Los trabajadores que hayan agotado una prestación contributiva para eventuales agrarios no podrán tener acceso a este subsidio, aun cumpliendo el resto de los requisitos.

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