El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, anunció hace unos días las nuevas medidas que modificarían ciertos requisitos y procedimientos en el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Entre dichas medidas está la flexibilización del concepto de unidad de convivencia para facilitar que mayor número de hogares vulnerables accedan a esta prestación.
Como resultado de esta modificación, se incluirán nuevos beneficiarios de la ayuda. Como, por ejemplo, personas que residen en hogares colectivos, como albergues o casas de acogida.
Nuevos beneficiarios
A continuación, detallaremos los distintos colectivos que a partir de ahora podrán acceder a la prestación:
- Personas que residan en centros residenciales de carácter no permanente, como pueden ser los albergues o casas de acogida.
- Las personas que como resultado de un divorcio o desahucio se vean obligadas a vivir en casa de un familiar.
- Personas que se encuentren en situaciones excepcionales, en las que existe una unidad de convivencia difícil de acreditar.
Acreditación desde Servicios Sociales y otras entidades colaboradoras
Otra de las modificaciones que han efectuado son aquellas por la que se establece con carácter temporal que, durante cinco años, podrán intervenir los servicios sociales y entidades colaboradoras para certificar las siguientes circunstancias:
- Residencia en España de personas sin hogar.
- El domicilio real de la persona que alegue no vivir en el domicilio que consta en el empadronamiento.
- La acreditación de ausencia de vínculos entre las personas que residan en un mismo domicilio.
Las acreditaciones van a poder presentarse; o bien el momento de solicitar el ingreso mínimo vital, o que la seguridad social se dirija a las personas para que le acrediten su situación tras haber realizado la solicitud.
Se elimina el límite de dos perceptores por domicilio
También es interesante tener en cuenta que se elimina el límite de dos perceptores por domicilio, ya que antes solo se permitía pedir la prestación a un máximo de dos solicitantes por vivienda.
Estas medidas, sin bien no resuelven todas las problemáticas en cuanto a la concesión del IMV, si que permiten mayor flexibilidad y cubren a una mayor parte de la población vulnerable y con escasos ingresos, que hasta ahora se les denegaba la ayuda.
Si a estas medidas se le uniera una mayor eficacia y rapidez a la hora de resolver los expedientes. Podríamos comenzar a decir que la prestación estrella de la Seguridad Social comienza a funcionar como es debido.