Desde el 21 de julio un mes después de la finalización del estado de alarma, no están en vigor las medidas extraordinarias puestas en marcha por la COVID-19.
Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo
- Debe solicitar la prórroga del subsidio transcurridos los seis meses.
- Debe presentar la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.
Si se ha visto afectado por un ERTE
- No tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y el SEPE.
- Información sobre el procedimiento de solicitud por parte de las empresas
- Guía básica de tramitación de prestaciones ERTE COVID-19.
Si se encuentra en situación de desempleo no motivada por un ERTE
- Si dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puede
- Si NO dispone de DNI electrónico, certificado digital o usuario cl@ve puede
- Formulario para pre-solicitud individual de prestaciones por desempleo. Solo enviar este formulario si ha finalizado su contrato o le han despedido, no lo haga si está usted en un ERTE. NO enviar si ya ha solicitado cita previa o ha presentado su solicitud en el sepe por otro canal.
- Solicite cita previa para ser atendido por el SEPE.
La presentación de solicitudes fuera del plazo de los 15 días hábiles implicará la reducción de la duración de la prestación correspondiente.