La vuelta a las clases este año está siendo más complicada que nunca, debido a la pandemia mundial por la COVID 19, existen muchas incertidumbres sobre la mesa en relación con las medidas a adoptar para evitar los contagios y la gestión a llevar a cabo en caso de casos positivos en el entorno escolar y los contactos.
Según establece el Ministerio de Sanidad en la «Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19», se considera «contacto estrecho» el haber compartido espacio con un positivo confirmado en una distancia inferior a 2 metros durante más de 15 minutos sin mascarilla. En clase, este contacto abarca al grupo del alumno positivo por coronavirus si tiene más de 11 años. Si tiene entre 6 y 11 se considerará siempre como contacto estrecho. El uso de la mascarilla dentro del aula es obligatorio en todos los alumnos desde Primaria.
Si el alumno confirma su positivo con una PCR, todo el grupo incluido su profesor se someterá a la misma prueba, para comprobar si ha habido transmisión. Esperarán el resultado en casa e, independientemente de si este es positivo o negativo, permanecerán aislados durante 14 días, en los que recibirán clases a distancia.
Si la prueba a nuestro hijo ha resultado negativa, a pesar de que se le recomiende guardar cuarentena a los compañeros de clase que no están contagiados. El resto de sus hermanos o padres no se considerarían contactos estrechos, por lo que no están obligados a aislarse. Deberán guardarla en caso de que la prueba resulte positiva.
Mi hijo está en cuarentena ¿puedo cogerme la baja?
Esta era la intención inicial del Gobierno, cubrir mediante bajas laborales de padres el periodo de cuarentena de sus hijos que han tenido contacto estrecho con un contagiado. Sin embargo, asociaciones como la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria (semFYC) han expresado decididamente su oposición.
El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM) ha emitido un comunicado en el que aclara todas las dudas existentes y asegura que ellos no poseen la responsabilidad de dar una baja médica en aquellos casos en los que los progenitores deban guardar una cuarentena preventiva por sus hijos: “No es competencia de las y los médicos determinar si los padres pueden o no acceder a una dispensa laboral”.
“Una baja es un acto médico que se prescribe a una persona solamente en caso de incapacidad física o psíquica que le impida desarrollar su trabajo, cuando sea necesaria como parte del proceso terapéutico basado en un criterio clínico o en caso de aislamiento profiláctico por contacto directo con un caso positivo como sería en un contexto epidémico como el actual”. Explican desde el personal sanitario.
Además, esto supondría una carga de trabajo añadida para una atención primaria ya saturada, y que, en ninguno de los casos, podrían asumir.
Tal y como explicó la Ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, la baja laboral retribuida solo se contempla si el menor es confirmado como positivo por una PCR. En este caso, en el que existe la «obligación de mantener la cuarentena por parte de los convivientes directos, obligatoriamente se tiene que acompañar de la baja laboral que será retribuida», afirmó.
Sin embargo, si el niño se encuentra en cuarentena recomendada al igual que sus compañeros de clase porque la prueba le ha resultado negativa, solo se facilita la flexibilidad laboral y no la incapacidad temporal retribuida. «Una flexibilidad incluso del 100% de la jornada laboral», dijo la ministra. Más tarde, Pablo Iglesias hizo unas declaraciones en las que dijo estar trabajando para «muy pronto» poder extender la baja retribuida a los padres, a los casos en que sus hijos estén aislados.
Con la declaración del estado de alarma, el Gobierno aprobó el plan «Me Cuida», (el cual desarrollamos en nuestra web semanas atrás) para mejorar la conciliación familiar, y hasta que haya acuerdo, será la única manera en que los padres podrán combinar el cuidado de sus hijos en casa con su trabajo.
Entre las medidas que la empresa debe facilitar a los trabajadores que se encuentren en esta situación se encuentran la reducción de jornada, cambio de turno, horario flexible, acceso al teletrabajo o incluso cambio de centro de trabajo y de las funciones que se realizan. La reducción, por su parte, puede ser de hasta el cien por cien de la jornada.