La declaración de la renta puede presentarse de manera individual o conjunta, siendo esta última una opción que ofrece beneficios fiscales. Sin embargo, no todos pueden acceder a ella.
Elección de la Modalidad de Declaración
La elección de presentar la declaración de la renta de manera individual o conjunta es una decisión que corresponde a cada unidad familiar. Todos los miembros deben ser contribuyentes por este impuesto. La única excepción es en el caso de que uno de ellos haya fallecido, en cuyo caso, su declaración deberá presentarse en modalidad individual, aunque el resto de su unidad familiar la presente conjunta.
Beneficios de la Declaración Conjunta
Presentar la declaración de la renta conjunta implica que la declaración se realiza en un solo documento y genera un solo pago. En muchos casos, esta opción es recomendable, ya que puede ofrecer beneficios que no se obtendrían al realizar declaraciones independientes con los mismos ingresos cada uno de los cónyuges.
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¿Quién puede optar a la Declaración Conjunta?
Según la Agencia Tributaria, pueden presentar la declaración de la renta conjunta:
- Los cónyuges con vínculo matrimonial junto con todos sus hijos menores de edad o mayores incapacitados judicialmente.
- En las parejas de hecho sin vínculo matrimonial sólo uno de sus miembros puede formar unidad familiar con todos sus hijos menores o mayores incapacitados judicialmente. El otro miembro de la pareja debe declarar de forma individual.
- En los supuestos de separación o divorcio matrimonial la opción por la tributación conjunta corresponderá al que tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha de devengo del IRPF, al tratarse del progenitor que convive con aquellos.
- En los supuestos de guarda y custodia compartida la opción de la tributación conjunta puede ejercitarla cualquiera de los dos progenitores, optando el otro por declarar de forma individual.
Beneficios y Desventajas de la Renta Conjunta
Para las unidades familiares con dos cónyuges e hijos menores de 18 años, si se tributa de manera conjunta, se pueden beneficiar de una reducción en la base imponible de 3.400 euros anuales. Además, este modelo de tributación brinda a los contribuyentes la posibilidad de compensar las pérdidas y ganancias en la renta de forma conjunta.
Sin embargo, la Agencia Tributaria es más exigente en cuanto a los límites definidos para saber si existe o no la obligación de presentar la declaración. De esta manera, con independencia del tipo de unidad familiar, establece un ingreso mínimo para la declaración de 5.550 euros.