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El mes pasado, el Gobierno anunció un nuevo paquete de medidas para poder paliar los efectos de la guerra en nuestro país y también reducir la inflación. Una de estas medidas recoge un ingreso de 200 euros únicos a cualquier persona española que cumpla con los requisitos que ampara el Real-Decreto Ley 11/2022 de 25 de junio.
Tras muchos días de espera e incertidumbre, desde el 8 de julio al fin es accesible la solicitud del cheque ayuda de 200 euros del Gobierno, desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Pero para la realizar la solicitud es necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico y/o DNIe, en este artículo te contamos cómo realizar este tramite con éxito, ya que solo se puede tramitar Online.
Como presentar la solicitud paso a paso
La solicitud debe presentarse por internet, utilizando el formulario electrónico disponible en el portal de la AEAT (al que puedes acceder desde aquí), en el que se podrá cumplimentar directamente todos los datos necesarios y efectuar su presentación a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante Cl@ve o certificado electrónico, incluido DNIe.
También se podrá presentar la solicitud en nombre de un tercero mediante apoderamiento y por colaboración social, tanto pública como privada.
A los efectos de una correcta cumplimentación y con el fin de evitar incidencias y retrasos en la tramitación se debe tener en cuenta que aquellos campos que estén marcados con un asterisco (*) se tienen que cumplimentar.
En ningún caso será necesario aportar documentación adicional.
Datos del solicitante
Se deberán rellenar los datos identificativos del solicitante de la ayuda. Además, se deberá consignar un número de teléfono de contacto.
La Agencia Tributaria avisa que, si el domicilio fiscal del solicitante se encuentra en el País Vasco o Navarra se debe solicitar la ayuda a las Instituciones del País Vasco o Navarra.
Cuenta bancaria
Se deberá indicar el código IBAN de una cuenta bancaria de la que sea titular el solicitante de la ayuda y en la que desea que se realice el abono.
Condiciones
Se deberá rellenar este apartado marcando las casillas que reflejen la situación del solicitante a 27 de junio de 2022:
- Desempeño un trabajo o realizo una actividad económica por la que estoy de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad, (o)
- Estoy en situación de desempleo e inscrito en la oficina de empleo.
Es obligatorio que se marque, al menos, una de las dos opciones anteriores.
- (y) Tenía residencia legal y efectiva en España en la fecha 27 de junio de 2022, y la he tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior a dicha fecha.
Es obligatorio que se marque que se cumple el requisito de residencia para poder presentar la solicitud.
Domicilio
Se deberán reflejar los datos del domicilio que constituía la residencia del solicitante a 1 de enero de 2022.
Es obligatorio que se indique la referencia catastral del domicilio, salvo que el inmueble no tenga asignada referencia catastral.
El propio formulario incluye el acceso al buscador del catastro para obtener la referencia catastral del inmueble.
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Relación de convivientes en el domicilio de residencia
Se deberá identificar, con nombre, apellidos y NIF, a las personas que a 1 de enero de 2022 residían con el solicitante por alguno de los siguientes motivos:
1. Estén unidos a usted como cónyuge o pareja.
Es decir, estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal (pareja) con al menos dos años de antelación.
2. Tengan con usted relación de parentesco hasta el tercer grado, incluido los afines (ejemplos: hijos, hermanos, abuelos, tíos, nuera, nietos …)
Es decir, estén unidos entre sí por parentesco hasta el tercer grado, incluso por afinidad, con cualquiera de los anteriores identificados en el apartado 1 anterior.
- Grado 1º: Padre/Madre, Hijo/Hija (naturales y adoptivos), Suegro/Suegra, Yerno/Nuera.
- Grado 2º: Abuelo/Abuela, Hermano/Hermana, Nieto/Nieta, Cuñado/Cuñada.
- Grado 3º: Bisabuelo/Bisabuela, Tío/ Tía, Biznieto/Biznieta, Sobrino/Sobrina.
3. Otras personas que convivan en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente con cualquiera de los convivientes anteriores.
Si alguno de los convivientes es menor de 14 años, y no dispone de NIF, será obligatorio rellenar su fecha de nacimiento.
En caso de que a 1 de enero de 2022 el solicitante no hubiera residido con ninguna de las personas mencionadas en los apartados 1, 2 y 3 anteriores deberá manifestarlo expresamente marcando la casilla correspondiente.
Declaración
Para presentar el formulario se deberá marcar la casilla en que el solicitante declara, bajo su responsabilidad, que todos los datos informados en la solicitud son correctos.
Para más información puedes consultar nuestra guia definitiva de Hacienda para solicitar la ayuda de 200 euros.