La Policía de Madrid lo confirma: aparcar en tu propio vado también está prohibido y esta es la multa que puedes recibir

Es algo que muchos creen, pero para nada tienen razón. Pagan por un vado y consideran que nadie puede aparcar en dicho lugar, salvo ellos. Pero esto no es así. Lo único que permite esta señal es garantizar el paso de entrada o salida del garaje, porque el espacio sigue siendo vía púbica. Así lo confirma la Policía Municipal de Madrid, que comunicó que se trata de una infracción que puede tener una sanción de hasta 200 euros e incluso el coche puede ser retirado por la grúa municipal.

Estamos ante un malentendido muy frecuente, pues quienes abonan la tasa anual del vado creen que han comprado un hueco para aparcar cuando quieran. No es así, porque el ayuntamiento de concede una reserva de paso para maniobrar, no una plaza de aparcamiento privada ni un derecho exclusivo de estacionamiento. Tal y como recoge el artículo 91 del Reglamento General de Circulación, la parada y el estacionamiento deben realizarse sin obstaculizar la circulación ni generar riesgos. Aparcar frente a un vado impide el acceso o la salida del garaje y puede entorpecer una emergencia.

Aunque parezca una parada brece o no se bloquee a otro vehículo, estacionar en un vado vulnera la norma y puede derivar en multa y retirada del coche. Cumplir con la normativa, más allá de problemas con la justicia, evita conflictos vecinales y mantiene despejadas las salidas en caso de emergencia.

¿Quién puede solicitar un vado?

Lo puede hacer cualquier persona propietaria o titular de un inmueble edificado o sin edificar y que pretenda utilizar ese espacio para la entrada y salida de vehículos. Pueden ejercer actividades cuyo espacio va dirigido a ofrecer servicios (talleres de vehículos o supermercado) o dueños de obras que realicen construcciones y que necesiten habilitar un acceso para la entrada de vehículos.

Para conseguir un vado permanente se debe realizar una solicitud dependiendo de la normativa de cada municipio, pero lo habitual es que se requiera la siguiente documentación:

  • Copia del DNI del propietario.
  • Copia del título de propiedad del inmueble.
  • Descripción de la necesidad que justifique la solicitud de dicho vado permanente.
  • Presentación de un plano de situación del inmueble y un plano de emplazamiento a escala, que dependerá de cada municipio. Hay que detallar el ancho de acceso al inmueble o a la finca y los elementos urbanísticos que quedan afectados.
  • Se deben aportar las licencias correspondientes: de obra de primera utilización, de habilitación del local para garaje, de modificación del uso y/o de actividad.
  • Presentar el justificante de pago de la tasa correspondiente, que dependerá de nuevo del municipio.

El coste de un vado permanente

El precio de un vado permanente depende de cada municipio y de la categoría de la calle en el que vaya a estar ubicado el paso de vehículos. También del espacio de acera que se vaya a reservar y de la superficie del garaje al que se va a dar acceso. Y es que no es lo mismo solicitar un vado para el aparcamiento de un solo vehículo que uno en el que existan más plazas. Por tanto, dependiendo de estos factores, el precio del vado permanente puede oscilar entre los 50 euros al año por una plaza de aparcamiento a 2.500 euros por un garaje con espacio para 15 vehículos.

¿Qué hacer si alguien aparca en tu vado?

Salvo que sea conocido, lo que hay que hacer es llamar a la grúa municipal para que retire el vehículo que impide el acceso a la vivienda o desarrollar una actividad. Si se trata de una zona es remota, habrá que avisar a la Policía para que realice la denuncia y de ellos dependerá llamar a una grúa o no.

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