Para muchos autónomos, alcanzar los 52 años puede suponer un arma de doble filo, ya que por un lado, hay que tener en cuenta la experiencia y estabilidad; pero por otro, también encontramos la preocupación por la viabilidad del negocio y los ingresos futuros. Ante esta situación, la idea de un subsidio que acompañe a los mayores de 52 años parece esa red de seguridad que muchos de ellos necesitan, pero aquí llega la mala noticia, porque la realidad es que los autónomos no pueden acceder a esta ayuda, y el SEPE lo deja claro desde el primer momento. Y es que sin estar en situación legal de desempleo, no hay derecho al cobro del mismo.
En palabras de Fernando Maján, asesor de la Subdirección General de Prestaciones, “el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) no cotiza a desempleo, y por lo tanto, los autónomos no tienen acceso en ningún momento al subsidio para mayores de 52 años”, lo cual viene a decir, básicamente que, aunque decidas cerrar temporalmente tu negocio, devolver maquinaria o aparcar la actividad, el sistema no te reconocerá como parado a efectos de esta ayuda.
Por qué los autónomos no cumplen los requisitos del subsidio para mayores de 52 años
Como muchos saben, el subsidio para mayores de 52 años exige que se haya agotado la prestación contributiva o que la persona que lo solicita se encuentre en una situación de desempleo legal, lo cual implica necesariamente que se haya trabajado por cuenta ajena y que la relación contractual se haya terminado de manera reconocida. Si bien es cierto que los autónomos cotizan a la Seguridad Social, esto no significa que cumplan con el requisito fundamental de estar en situación legal de desempleo, una paradoja más que evidente, ya que el sistema viene a decirles algo así como “sabemos que has cotizado años, incluso décadas, pero si no ha sido por cuenta ajena, eso no vale para nada”.
Un ejemplo bastante común es el de quienes llevan años cotizando en el RETA y les faltan meses para alcanzar los 15 años exigidos por el SEPE. Muchos piensan en darse de alta como autónomos unos meses más para completar el requisito, pero tal y como recuerda Maján, aunque alcances los años necesarios, seguirías sin cumplir la condición de desempleo legal, por lo que el subsidio sigue estando fuera de tu alcance, por mucho que pese.
La única puerta de entrada es trabajar por cuenta ajena
Para aquellos autónomos que quieran acceder a este subsidio, la única vía a través de la cual van a poder hacerlo es cambiar de casilla, es decir, tener un contrato por cuenta ajena que cotice de cara al desempleo. Dicho contrato debe tener una duración mínima de tres meses y debe concluir de manera involuntaria, ya sea porque te han despedido, sea fin de obra o que finalice un contrato temporal. En el momento en el que agotes la prestación contributiva ya podrás solicitar el subsidio para mayores de 52 años, siempre y cuando se hayan aportado los 15 años de cotización requeridos y que la situación de desempleo (legal) se encuentre acreditada, tal y como te hemos comentado anteriormente.
Todo esto implica, en la práctica, que muchos autónomos van a verse obligados a compatibilizar su actividad con un empleo asalariado temporal, o incluso aparcar su negocio durante algún tiempo. Aunque esta especie de “malabarismo” pueda resultar un incordio para muchos, saber que esta es la única vía para obtener el subsidio para mayores de 52 años es un aliciente para que, al menos unos meses, tengan un contrato por cuenta ajena.