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El Bono Cultural Joven consiste en una ayuda directa de 400 euros por persona beneficiaria para la adquisición de productos, servicios y actividades culturales, tanto públicas como privadas, que se encuadren en las categorías indicadas en las normas reguladoras y estará destinado a aquellas personas que cumplan 18 años en el año en que se publique la convocatoria. Será de uso exclusivo en establecimientos o instituciones adheridas al programa, situados en todo el territorio nacional, o cuya oferta sea consumible desde el citado territorio.
¿Cómo se utiliza el bono cultural joven?
Durante el periodo de validez, las personas beneficiarias podrán utilizar el Bono Cultural Joven para disfrutar de los productos y actividades incluidos en las normas reguladoras del Bono Cultural Joven y en cualquiera de las empresas o entidades que, en la fecha de la compra, se encuentren adheridas al programa.
El Bono Cultural Joven se materializa en una tarjeta prepago virtual que se puede instalar en un teléfono móvil con tecnología NFC. Excepcionalmente podrá emitirse una tarjeta física, que se facilitará en caso de no disponer de teléfono móvil con la citada tecnología.
¿Qué importe tiene el Bono Cultural Joven?
El Bono Cultural Joven tiene un importe máximo de 400 euros por persona beneficiaria. Durante el periodo de validez, las personas beneficiarias podrán utilizar el Bono Cultural Joven en los productos y actividades incluidos en las normas reguladoras del Bono Cultural Joven y en cualquiera de las empresas o entidades que, en la fecha de la compra, se encuentren adheridas al programa.
¿En qué actividades y productos se puede utilizar el bono cultural joven? ¿existen límites en su uso?
Las distintas categorías de gasto se relacionan a continuación:
- Artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones, festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales y espectáculos taurinos, hasta un máximo de 200 euros por beneficiario.
- Productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos de vinilo, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.
- Consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales, compra de canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música, suscripción para descarga de archivos multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones a videojuegos en la nube o en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario.
No será subvencionable la adquisición de productos de papelería; libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos; moda y gastronomía. Asimismo, no será subvencionable la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos de conformidad con el sistema de regulación de contenidos aplicable a cada producto.
¿Existe límite en las suscripciones a plataformas musicales, audiovisuales o de videojuegos adquiridas a través del bono cultural joven?
Los gastos subvencionables con cargo al bono relativos a suscripciones a plataformas musicales, audiovisuales o de videojuegos, estarán limitados a un máximo de cuatro meses, sin perjuicio de las ofertas comerciales que las plataformas puedan hacer a los beneficiarios para extender esta duración.
¿Qué sucede cuando alguna de las actividades o gastos subvencionables supera la cuantía total del bono cultural joven concedida al beneficiario o alguno de los límites establecidos?
El beneficiario podrá abonar la diferencia hasta el precio total por cualquier medio de pago admisible por la entidad adherida.
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¿Podrán ser cambiados los productos adquiridos a través del bono cultural joven?
Los productos que se adquieran a través del Bono Cultural Joven podrán ser cambiados, si la empresa adherida lo autoriza, por un producto de igual o superior precio con los límites establecidos en la convocatoria. En ningún caso podrá solicitarse la devolución del dinero.
¿Es posible el envío de los productos culturales en soporte físico adquiridos a través del bono cultural joven?
Las compras de productos culturales en soporte físico deberán ser recogidas de forma presencial por el beneficiario en la empresa que haya realizado la venta, no siendo posible el envío a domicilio o a puntos de entrega, a excepción de suscripciones a periódicos o revistas.
¿Qué debo realizar tras la compra de un producto o actividad cultural con cargo al bono cultural joven?
Una vez comprado un producto, actividad o servicio cultural con cargo al Bono Cultural Joven, deberás subir el ticket o justificante de compra en tu perfil, a través de la APP o página web del Bono Cultural Joven.
¿Cuáles son los navegadores recomendados para el uso de la web?
- En caso de estar usando un ordenador Mac OSX, los navegadores recomendados son Firefox y Chrome.
- En caso de estar usando un ordenador Windows, cualquier navegador que se use funcionará correctamente.
No consigo iniciar sesión ¿a qué puede deberse?
- No has introducido bien tu usuario o contraseña, introdúcelos de nuevo o intenta modificar la contraseña.
- Puede no haberse completado tu registro, regístrate de nuevo.
- No se ha validado el registro desde el email enviado a tu cuenta de correo electrónico.
¿Puedo modificar la dirección de correo electrónico asociada a la cuenta?
No, la dirección de correo electrónico con la que te registras y accedes a la plataforma no es modificable.
Es muy importante que introduzcas tus datos de forma correcta, sin errores, para evitar problemas en la tramitación de la solicitud y la recepción de la tarjeta.
No dispongo de certificado digital,¿dónde puedo obtenerlo?
Puedes solicitarlo de diferentes formas en la página web de la FNTM-CRM siguiendo los pasos que se indican.
No puedo identificarme correctamente con la opción dnie/certificado digital ¿qué puedo hacer?
- En caso de estar utilizando certificado digital, asegúrate de que el certificado está correctamente instalado en tu navegador.
- En el caso de estar utilizando DNIe, comprueba que tu lector está correctamente enchufado a tu ordenador, y que es leído correctamente.
¿Cómo puedo hacer uso de mi certificado digital en mac osx?
Para poder hacer un correcto uso de tu Certificado Digital en un ordenador Mac OSX tendrás que:
- Tener tu certificado digital en el almacén por defecto de su equipo. En el caso de un ordenador Mac OSX ese almacén es el que se conoce como ‘Llaveros’.
- Tener instalada la última versión de java.
- Tener instalada la última versión de la aplicación Autofirma.
- Usar el navegador recomendado.
De manera eventual, la instalación de Autofirma y el Certificado Digital requiere de una configuración manual adicional para que Autofirma pueda conectarse con tu Certificado Digital. Si te sale un mensaje de error indicando que no se ha podido conectar con Autofirma, sigue los siguientes pasos:
- Accede al Llavero de Mac. Para ello, haz una búsqueda en el ‘Finder’.
- Accede al Llavero de ‘SISTEMA’ y a la opción de Certificados. Ahí encontrarás varios certificados digitales instalados, entre ellos dos que se llaman ‘127.0.0.1’ o ‘localhost’ y ‘Autofirma ROOT’. El icono situado a la izquierda del nombre de cada uno de ellos debería tener el símbolo ‘+’. Si este no es el caso, tendrás que pulsar sobre el nombre de cada certificado y pulsar sobre el botón ‘Confiar’ en la ventana emergente que aparezca. Junto a ella, a la izquierda, habrá un icono con un triángulo sobre el que tendrás que pulsar para que se muestren una serie de opciones. Tienes que seleccionar la primera opción que pone ‘Al utilizar este certificado’ y dentro del desplegable elegir la opción de ‘Confiar siempre’.
- Terminado este paso, el sistema te pedirá que confirmes los cambios introduciendo la contraseña de tu ordenador. Habrá que repetir estos dos pasos con ambos certificados previamente nombrados.
- Accede al Llavero de ‘INICIO DE SESIÓN’ y a la opción ‘MIS CERTIFICADOS’. Ahí deberás encontrar tu Certificado Digital con tu nombre y apellidos. Para este certificado repetirás los mismos pasos que hiciste con los anteriores certificados, es decir, seleccionar la opción ‘Confiar Siempre’.
- Ya podrás continuar sin problemas.
No consigo firmar los documentos con autofirma ¿qué puedo hacer?
- Comprobar que tu navegador tiene activada la opción de permitir ventanas emergentes.
- Comprueba que la versión instalada de este software sea la adecuada.
- Asegúrate de que el software está utilizando el certificado digital instalado en tu ordenador correctamente.
Aparece un error de carga de autofirma ¿qué puedo hacer?
En caso de que te aparezca el siguiente mensaje:
‘Autofirma no ha cargado correctamente. Se va a redireccionar al inicio y deberá recargar la página y seguir con la solicitud para proceder a la firma.’
Tendrás que hacer lo siguiente:
- Pulsar el botón ‘Reintentar’.
- Recarga la página web.
- Volver a intentar el proceso.
No he conseguido confirmar mi registro, ¿qué puedo hacer?
Una vez realizado el registro, deberías haber recibido un correo electrónico con un enlace de confirmación. En caso de no recibirlo, puedes solicitar un nuevo enlace de confirmación desde la pantalla de inicio de sesión pulsando el enlace ‘He olvidado mi contraseña’.
¿He de incluir el bono cultural en la declaración de la renta?
Si recibiste el Bono Cultural Joven, y has ganado más de 22.000 euros de un único pagador, sí deberás presentar declaración de la renta, incluyendo el importe del Bono que hayas consumido como ganancia patrimonial. Si has tenido varios pagadores, deberás presentar declaración, incluyendo el Bono, siempre y cuando hayas ganado más de 14.000 euros. La excepción, en el caso de varios pagadores, es que la suma de los que menos te pagaron no supere los 1.500 euros; en ese caso, el límite será el de 22.000 euros: por debajo de eso, no deberás presentar declaración, y por tanto, no tendrás que declarar el Bono Cultural Joven. Puedes consultar más información sobre el Bono Cultural Joven y la obligación de declarar aquí, y sobre los límites para declarar aquí.
¿La obtención del bono cultural joven es compatible con otras subvenciones o ayudas?
Sí, es compatible con cualquier subvención, ayuda, ingreso o recurso que proceda de cualquier administración pública.
Esta ayuda no computará a efectos del cálculo de umbrales de renta y patrimonio familiar, para el acceso a becas y ayudas al estudio.