[tie_list type=»checklist»]
- Si quieres estar al día síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
- Ayuda familiar por desempleo: novedades, requisitos y cuantías en 2023
- Edad de jubilación y subida de las pensiones en 2023
- Quién está obligado a presentar la declaración de la renta en 2023: estos son los límites de ingresos
[/tie_list]
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de diciembre nuevas iniciativas para responder a las consecuencias que la guerra de Ucrania está teniendo en la economía española.
Entre estas medidas figura el abono extraordinario de 200 euros destinado a apoyar las rentas de las familias de clase media en un contexto de inflación. Con esta ayuda, que alcanzará a 4,2 millones de hogares, se reducirán las situaciones de vulnerabilidad económica que no están cubiertas por otras prestaciones sociales.
El complemento de ayuda a la infancia satisfecho de forma diferenciada ¿tiene la consideración de IMV?
Sí. A todos los efectos, el complemento de ayuda para la infancia tiene la naturaleza de IMV.
Por este motivo, los perceptores del complemento de ayuda para la infancia de forma diferenciada, no tienen derecho a la ayuda de 200 euros.
Las asignaciones económicas por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% en vigor ¿tiene la consideración de IMV?
No. Las asignaciones económicas por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% en vigor, no tienen consideración de Ingreso Mínimo Vital y, por tanto, sí tendrán derecho a la ayuda de 200 euros, siempre que cumplan el resto de requisitos.
Si quieres recibir mas artículos como este, síguenos en redes: Facebook, Telegram, Twitter, Instagram y Google Noticias.
¿En qué plazo y cómo se presenta la solicitud?
Los contribuyentes podrán solicitar la ayuda de pago único de 200 euros desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.
Tendrán que rellenar un formulario en la Agencia Tributaria, en el que facilitarán la cuenta bancaria donde deseen que se realice la transferencia. Será necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico para realizar el trámite.
Si el solicitante tiene domicilio fiscal en Navarra o el País Vasco, las haciendas locales serán las competentes para recibir las solicitudes y administrar el cheque.