Ante una situación de separación o divorcio, en la sentencia o convenio regulador se establece en multitud de ocasiones una pensión de alimentos a favor de los hijos comunes de la pareja. Esta obligación puede ser requerida judicialmente en caso de incumplimiento por parte del obligado al pago.
En estos casos, y a pesar de existir diversos cauces legales para reclamar dichos incumplimientos, en muchas ocasiones resulta imposible el cobro estipulado. Esta situación puede ocasionar graves perjuicios económicos al cónyuge que tiene la guardia y custodia. Por lo que el Estado, en casos de extrema necesidad y de forma temporal podrá abonar la pensión de alimentos a través del «Fondo de Garantía del Pago de Alimentos«.
Finalidad del fondo de garantía de alimentos
El “Fondo de Garantía del Pago de Alimentos”, es un fondo carente de personalidad jurídica. El cual tiene como finalidad garantizar a los hijos menores de edad el pago de alimentos reconocidos e impagados. Los cuales estarán establecidos en convenio judicialmente aprobado o en resolución judicial en procesos de separación, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, filiación o alimentos. Mediante el abono de una cantidad que tendrá la condición de anticipo.
Se entiende por «Alimentos», todo lo que es indispensable para atender al sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación.
Es imprescindible para acceder a los anticipos del Fondo que la resolución en la que se reconozcan los alimentos haya sido dictada por los Tribunales españoles.
Fondo de garantía de alimentos: requisitos, cuantiás y plazos
En el siguiente enlace explicamos todos los detalles referentes al: fondo de garantía de alimentos: requisitos, cuantiás y plazos
Presentar la solicitud presencialmente
Las solicitudes podrán presentarse en los registros de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas y en los de las Delegaciones de Economía y Hacienda. Así como en los registros y oficinas a que se refiere él articulo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Presentar la solicitud Online
En primer lugar deberemos descargar el documento de solicitud y rellenarlo, puedes descargarlo desde aquí: Documento de solicitud de anticipo del fondo de garantía del pago de alimentos.
A continuación, para presentar nuestra solicitud Online accederemos desde aquí: clasespasivas.gob.es
Pincharemos en el recuadro con el icono de la arroba (@), el cual se encuentra a continuación de este texto: «Solicitud de anticipo del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos«.
Posteriormente nos identificaremos con Cl@ve o con Certificado Electrónico.
Para finalizar deberemos rellenar el formulario con los datos que nos soliciten y seguir los pasos que nos indiquen hasta completar nuestra solicitud.
Información adicional
- Documento de solicitud de anticipo del fondo de garantía del pago de alimentos.
- Fondo de garantía de alimentos una alternativa ante el impago de pensiones de alimentos.
- Fondo de garantía de alimentos: requisitos, cuantiás y plazos
- Cómo solicitar el Certificado Digital paso a paso.
- ¿Qué es Cl@ve, para que sirve y como registrarse como usuario?.